¿Es usted un afortunado trabajador contratado por nómina? ¿Conoce los padecimientos de una persona que labora bajo la figura de prestación de servicios? ¿Por qué razón para empresas oficiales y privadas es tan atractivo vincular personas a través de este tipo de contratos? El asunto es muy sencillo: una persona así ligada a una empresa prácticamente no tiene derechos laborales, mientras que dicha compañía se ahorra un montón de plata.
Le pongo un ejemplo sencillo: un sujeto vinculado a una empresa cualquiera a través de un contrato de prestación de servicios no tiene vacaciones remuneradas, tiene que pagarse solito su seguridad social (no existe el concepto de solidaridad patrón - empleado) y en caso de caer enfermo no tendrá incapacidad paga. Pero vamos más allá: en el momento en que se termine el contrato no habrá ningún tipo de liquidación, ni pago de prestaciones: nuestro sujeto, sencillamente, se quedará en el aire y sin un solo peso.
Lo grave es que poco a poco el país ha ido avanzando hacia una multiplicación de este tipo de relaciones laborales, donde importa que usted trabaje para la empresa, pero usted no le importa a ella.
Claro, hay algunos contratos de prestación de servicios que efectivamente funcionan según lo estipula la norma, es decir: hacer algo, sin obligación de horarios, ni subordinación a alguien de la empresa contratante. Sin embargo, la realidad muestra que la mayoría de las empresas que están haciendo uso de este tipo de contratación lo hacen con el fin de evadir el pago de prestaciones sociales y parafiscales.
Mire no más las cifras. Un empleado bajo vinculación laboral que gana $1.500.000 pesos le cuesta a una empresa cualquiera $2.300.000, mientras que si lo contratan por prestación de servicios simplemente le pagan su millón quinientos y que él se las arregle con la EPS y el fondo de pensiones. Fácil, ¿no?
Ahora veamos algunos datos estadísticos.
En el caso del sistema hospitalario de Bogotá, las cifras muestran que de 27.000 trabajadores, 17.000 laboran bajo contratos de prestación de servicios. Y sin embargo cumplen turnos cual si fueran empleados de planta.
A nivel nacional, los indicadores señalan que en organismos estatales, como el Dane o el Departamento Nacional de Planeación, por cada trabajador de planta hay dos bajo la figura del contrato de prestación de servicios.
Lo interesante es que quienes trabajan bajo esta figura no saben que la ley eventualmente obligaría a su contratante a convertirlo en empleado apenas con los primeros síntomas de relación laboral: subordinación, cumplimiento de horarios y pago de una remuneración mensual. Aunque, ¿quién se va a poner a demandar a la empresa que le está dando a uno de comer?
Los derechos laborales son el resultado de décadas enteras de luchas por parte de los trabajadores y hoy, al menos para quienes están bajo la figura de ‘prestación de servicios’, esos derechos adquiridos no existen.
Pero, bueno, no seamos tan pesimistas. Más bien miremos hacia adelante. Ya llegan las vacaciones de diciembre. Bueno. Al menos para quienes pueden gozar de ese beneficio, porque los de ‘prestación de servicios’ seguirán moliendo, sin vacaciones, ni descanso.
@colombiascopio
juanpablocalvas@gmail.com
Prestación o explotación de servicios
Dom, 20/11/2011 - 00:06
¿Es usted un afortunado trabajador contratado por nómina? ¿Conoce los padecimientos de una persona que labora bajo la figura de prestación de servicios? ¿Por qué razón para empresas oficiales y