El futuro electoral de Iván Cepeda se definirá este lunes 2 de febrero, cuando la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral (CNE) vote una ponencia que avala su participación en la consulta interpartidista del 8 de marzo de 2026. El documento fue radicado por los magistrados Fabiola Márquez, Alba Lucía Velásquez y Álvaro Echeverry, integrantes de la comisión encargada de estudiar su eventual inhabilidad.
El debate surge porque Cepeda fue ganador de la consulta partidista del Pacto Histórico , realizada el 26 de octubre de 2025, lo que dio pie a múltiples demandas que buscan revocar su inscripción en la nueva consulta del Frente por la Vida.
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La clave del debate: ¿dos consultas, un mismo proceso?
Según la ponencia conocida, los magistrados concluyen que no existe prohibición legal para que Cepeda participe nuevamente, ya que, argumentan se trata de dos mecanismos electorales distintos. Mientras la consulta de octubre fue partidista, la del 8 de marzo de 2026 es interpartidista, convocada por el Pacto Histórico, el Partido del Trabajo de Colombia, el MAIS, la AICO y La Fuerza de la Paz, con el objetivo de elegir un candidato único de coalición.
En ese sentido, el documento sostiene que cada consulta es autónoma, con finalidades, efectos jurídicos y sujetos convocantes diferentes, lo que descarta una inhabilidad automática.
Uno de los puntos más polémicos es la posibilidad de que Iván Cepeda reciba reposición de votos en ambos procesos, en caso de resultar ganador el 8 de marzo. Para los magistrados, esto no implica una doble erogación indebida de recursos públicos, sino la ejecución de dos obligaciones jurídicas independientes, reguladas por la ley y sujetas a topes, controles y verificación posterior de votos válidos.
El concepto señala que la financiación estatal no depende de la identidad del candidato, sino de la validez del mecanismo electoral convocado conforme a la Constitución.
Demandas y tensión política
Contra Cepeda cursan seis demandas, impulsadas por congresistas como Katherine Miranda y Hernán Cadavid, además de expertos en derecho electoral, quienes alegan una violación a la Ley 1475 de 2011.
A esto se suma la recusación contra el magistrado Álvaro Echeverry, presentada por Nicolás Farfán Namén, exregistrador delegado y miembro de CLAP Abogados, quien pidió apartarlo del caso por presuntas dudas sobre su imparcialidad, tras declaraciones de Roy Barreras en las que afirmó mantener comunicación directa con el togado sobre el trámite en el CNE.
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Aunque la ponencia favorece claramente a Cepeda, fuentes cercanas al proceso advierten que, si no hay cambios de última hora, el documento podría ser rechazado por seis votos contra tres en la Sala Plena, convocada para las 8:00 a. m. de este lunes. La decisión marcará un punto de inflexión para la izquierda y la centroizquierda, en la antesala de la carrera presidencial de 2026.
