Consejo de Estado admite demanda por fraude electoral

Mié, 15/08/2018 - 09:23
Ayer 14 de Agosto, el abogado José Manuel Abuchaide Escolar y el partido Opción Ciudadana, instauraron demanda de nulidad en la acción de los senadores escogidos para el periodo 2018-2022, la cual
Ayer 14 de Agosto, el abogado José Manuel Abuchaide Escolar y el partido Opción Ciudadana, instauraron demanda de nulidad en la acción de los senadores escogidos para el periodo 2018-2022, la cual fue aceptada por la Sección Quinta del Consejo de Estado. Los cargos presentados por el abogado Abuchaide Escolar se concentran en: Fraude electoral consistente en: “inflar el total de votantes en las actas de escrutinios con el fin de justificar una mayor votación a favor de determinado candidato o Partido Político”, respecto a 816 mesas demandadas. Fraude en los puestos de votación con biometría respecto a 781 puestos de votación. Fraude consistente en presentar un candidato totalmente inhabilitado para sumar una votación producto de un engaño, que no permite que otros candidatos que sí cumplen con los requisitos de ley, puedan ser elegidos, respecto a 915 mesas de votación. De otra parte, la magistrada ponente dispuso correr traslado de las medidas cautelares de acuerdo a lo previsto en el artículo 233 del CPACA, para que los demandados se pronuncien sobre ellas en escrito separado dentro del término de cinco días, plazo que correrá en forma independiente al de la contestación de la demanda. Lo anterior teniendo en cuenta que las medidas pretendidas no hacen referencia a la suspensión provisional de los efectos del acto de elección, sino a: I.- Que se tomen las medidas necesarias para mantener la cadena de custodia de todos los documentos electorales correspondientes a la elección de Senadores de la República para el periodo 2018-2022, hasta tanto se terminen los procesos judiciales que se adelantan. II.- Que se oficie al Consejo Nacional Electoral –CNE-, para que se abstenga de producir un acto administrativo cancelando la personería jurídica del PARTIDO OPCIÓN CIUDADANA, por no haber alcanzado el 3% de los votos válidos obtenidos en el territorio nacional para Senado o Cámara de Representantes. Finalmente, se dispuso el traslado del proceso a la herramienta web que se implementó “para el mejoramiento del proceso de nulidad electoral por causales objetivas”, previa autorización del apoderado judicial de la parte demandante.
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