Cadena perpetua, la ley que siempre cae en la Corte Constitucional

Vie, 03/09/2021 - 12:24
Varios han sido los intentos de establecer la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños en Colombia. No obstante, todos han perdido su pulso en la Corte Constitucional.

La caída de la cadena perpetua para violadores, que no fue capaz de pasar el filtro de la Corte Constitucional, ha producido una gran controversia en redes sociales. Algunas personas aseguran estar inconformes con la decisión del tribunal, mientras muchas otras no dudaron en recordar que desde un principio se sabía que la nueva ley era inconstitucional

Se trata de la Ley Gilma Jiménez, aprobada por el Congreso en junio y sancionada por el presidente Iván Duque en julio (en línea con una de sus propuestas de campaña), que reglamentaba la cadena perpetua revisable, implicando a su vez la modificación del Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y el Código Penitenciario y Carcelario.

En su momento, este proyecto que fue radicado el pasado 16 de marzo por el Ministro de Justicia, Wilson Ruiz, y aprobado por la plenaria del Senado, se anunció como un gran logro del Gobierno a pesar de las críticas que lo calificaron como "populismo punitivo". Hay que decir que esta no era la primera vez que se daba una iniciativa como esta, ni tampoco la única que ha caído en su revisión por la Corte. 

Por supuesto, las reacciones han sido varias, partiendo por la del propio presidente de la República, quien no dudó en expresar su descontento con la decisión del máximo tribunal constitucional. De acuerdo con el mandatario, en Colombia “pareciera que hay más garantías para los victimarios que para las víctimas”.

A eso se le suman varias reacciones de distintos sectores políticos, en su mayoría conservadores o del uribismo, que rechazan la caída de la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños, señalando que la Corte Constitucional estaría fallando a favor de los criminales.

No obstante, como se había mencionado, otra gran parte de tuiteros apoyó la decisión del tribunal sobre la nueva ley, que desde un principio se había pronosticado fallaría en el filtro constitucional. Por esa razón, califican este intento como “populismo punitivo” y mero desgaste del tiempo y accionar de los organismos legislativos y judiciales.

El historial de la cadena perpetua

 

Cabe recordar que esta no es la primera vez que la cadena perpetua se raja en Colombia. En alguna ocasión, mediante el decreto legislativo 2490 del 30 de noviembre de 1988, el presidente Virgilio Barco estableció este tipo de pena para cualquier homicidio cometido por combatientes de grupos armados y homicidios con fines terroristas. Ya para entonces, sin la constitución del 91, se declaró completamente inconstitucional.

Luego, con la Carta del 91, que dejó por fuera toda posibilidad a la prisión perpetua, pasaría un tiempo para volver a darse intentos de legislación al respecto. Una espera que acabó en 2008, cuando la exconcejal de Bogotá Gilma Jiménez (ya fallecida), impulsó la recolección de firmas para un referendo que buscaba hacer viable este tipo de penas. De nuevo la Corte Constitucional detuvo el proceso, esta vez por posible superación de los topes de financiación de la iniciativa. 

La misma política, ahora desde el senado en 2010, buscó sacar adelante un proyecto sobre esta materia, pero no logró superar los debates en la Cámara de Representantes. 

Hoy en día, sus banderas las recoge su hija, Yohana Jiménez, quien ya había intentado un nuevo referendo y ahora, aprovechando el apoyo de la iniciativa por el actual Gobierno, logró impulsar desde 2018 de manera exitosa la Ley Gilma Jiménez.

No obstante, este nuevo emprender ahora se enlista como uno más de los intentos fallidos de este histórico pulso entre los promotores de la cadena perpetua y la Corte Constitucional. Una historia que se repite cada cierto tiempo y de la que los juristas nacionales casi siempre saben el final que tendrá. 

La muerte tampoco es opción para la Corte 

 

Respecto a las acusaciones de “populismo punitivo”, la presidencia de la República respondió asegurando que populismo es cuidar a toda costa a quienes han cometido delitos atroces. 

Populista la impunidad que muchas veces en Colombia han buscado a quienes han cometido delitos atroces y tratan de cuidarlos. Aquí nosotros queremos como sociedad que haya sanciones severas”, aseguró Iván Duque este viernes, citado en la cuenta de Twitter de su despacho. 

No obstante, varios abogados consultados por la sección judicial de Kienyke.com tras ser aprobada la ley Gilma Jiménez, estaban a favor de que esta era una iniciativa innecesaria y populista, pues ya existen herramientas jurídicas que garantizan que los victimarios de abuso y/o violencia sexual puedan recibir una pena de hasta sesenta años de prisión.

Así lo cree el  abogado Juan Camilo Sanclemente, quien le dijo a este medio que la prisión perpetua violaría los tratados internacionales ratificados por el país, al ir en contravía de los derechos y la dignidad humana

Ya para entonces, Sanclemente pronosticó que si el proyecto pasaba en el Congreso, se  rajaría al llegar a las manos de la Corte Constitucional, pues dijo que el alto tribunal ha hecho énfasis en el compromiso definitivo e irrevocable de estos pactos internacionales, tal como se evidencia en la Sentencia C-144 de 1997.

En dicha decisión, el máximo tribunal declaró exequibles el "Segundo Protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte, adoptado por la Asamblea General  de las Naciones Unidas el 15 de Diciembre de 1989", y la Ley 297 del 17 de julio de 1996, por medio de la cual se aprueba dicho Protocolo. 

Ese mismo documento reza que “la pena de muerte es entonces incompatible con un Estado que reconoce la dignidad y los derechos de la persona (...) pues en ese tipo de ordenamiento jurídico el derecho penal no sólo debe defender a las personas contra los delitos sino que tiene también que garantizar los derechos individuales, que son entonces límites al poder punitivo”. 

En ese sentido, redactó la Corte, “la muerte es una pena que desconoce la condición de persona del sancionado y destruye la propia credibilidad del Estado”. 

 

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