Gobierno deja listo decreto que reglamenta curules para víctimas

Jue, 07/10/2021 - 06:44
En el decreto 1207, el Gobierno Nacional dejó establecido que estas 16 curules son para las víctimas y no los victimarios.

El Gobierno Nacional dejó listo el Decreto 1207, del 5 de octubre de 2021, este reglamenta la elección de los representantes a la Cámara por las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para los periodos 2022 – 2026 y 2026 – 2030.

Así lo compartió el presidente Iván Duque en el marco de la conmemoración del Bicentenario de la Constitución de 1891, “Anuncio que se ha firmado el decreto a través del cual se reglamenta esas curules para las víctimas con todas las salvaguardas, con todas las protecciones, para que ellos puedan tener su presencia en el Congreso de Colombia y hacer valer sus derechos”.

“Las víctimas que han sido flageladas y laceradas por la violencia merecen tener voz y voto en las deliberaciones del Congreso de Colombia y tenemos que garantizarle entre todos que habilitarles las curules es para que sea genuinamente para las víctimas y no tener rendijas por donde los victimarios pretendan optarlas”, expresó el primer mandatario desde su visita a Villa del Rosario, Cúcuta.

Entre lo que exige este decreto se establece que de acuerdo con el Acto Legislativo 02 del 25 de agosto de 2021, estas curules serán ocupadas por víctimas de la violencia y no por los victimarios.

Las elecciones de los representantes que ocuparán las 16 curules de paz se realizarán el 13 de marzo de 2022, además, de acuerdo al decreto mencionado, cada curul será asignada al candidato de la lista con mayor cantidad de votos, las listas deben llevarse a cabo teniendo presente el principio de equidad e igualdad de género.

La norma dice que los miembros de los grupos armados al margen de la ley que se hayan suscrito al acuerdo de Paz con el Gobierno Nacional y/o se hayan desmovilizado de manera individual en los últimos 20 años no podrán acceder a ser candidatos a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, estos 20 años hacen referencia al periodo comprendido entre el primero de diciembre de 1996 al primero de diciembre de 2016.

De la misma manera, tampoco podrán presentarse como candidatos los que hayan sido candidatos, elegidos o no, a cargos públicos avalados por partidos o movimientos políticos con representación en el Congreso o con personería jurídica.

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