Claves del llamado de la JEP a excomandante del Ejército por falsos positivos

El general (r) Luis Emilio Cardozo Santamaría fue vinculado a seis hechos en Santander en 2007. La JEP inició de oficio su trámite de sometimiento.
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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) inició de oficio el trámite de sometimiento del general (r) Luis Emilio Cardozo Santamaría, tras ser mencionado en investigaciones por presuntos casos de falsos positivos en Santander.

Según la información recopilada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, el excomandante del Ejército habría estado vinculado a seis hechos ocurridos en 2007, en los que nueve personas fueron asesinadas y presentadas ilegítimamente como bajas en combate. Dos personas más sobrevivieron.

Para ese momento, Cardozo Santamaría tenía el grado de teniente coronel y se desempeñaba como comandante del Batallón de Ingenieros No. 5 ‘Coronel Francisco José de Caldas’, cargo que ocupó entre octubre de 2006 y febrero de 2008.

¿Por qué lo llamó la JEP?

El proceso se sustenta en la Sentencia SU-063 de 2025, que permite a la JEP convocar no solo a quienes solicitan someterse voluntariamente, sino también a comparecientes forzosos. Es decir, antiguos integrantes de la Fuerza Pública que habrían participado en crímenes del conflicto armado.

Además, la decisión se apoya en la Sentencia TP-SA RPP 531 de 2025, que ratifica la competencia de esta jurisdicción para resolver la situación jurídica de quienes habrían cometido delitos en el marco del conflicto.

Los señalamientos contra el oficial surgieron en audiencias de aporte a la verdad realizadas con exintegrantes del batallón, así como en la Audiencia de Observaciones de Víctimas del Caso 03, relacionada con asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate.

¿Qué implica este proceso?

La JEP aclaró que el inicio del trámite no significa que el general (r) haya sido aceptado en la jurisdicción ni que reciba beneficios. Se trata de una etapa preliminar para evaluar si cumple con los requisitos del sistema.

Como parte del proceso, la Sala requirió a Cardozo Santamaría para que suscriba el acta de sometimiento y entregue información sobre su posible participación en los hechos. También ordenó la práctica de pruebas documentales y testimoniales.

El avance del caso dependerá del aporte a la verdad, la contribución a la reparación de las víctimas y las garantías de no repetición. Si no se logra su comparecencia, el expediente podría ser remitido a la justicia ordinaria.

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