
Las prácticas abusivas de los bancos y entidades financieras han sido una preocupación desde que llegamos al Congreso por primera vez. Nuestra pelea no es contra la banca sino contra los abusos que se cometen con los usuarios. Reconocemos la importancia que significa para el desarrollo económico que cada vez más colombianos confíen en el sistema financiero. Sin embargo, es natural que todavía exista desconfianza si se sigue abusando del bolsillo de los colombianos. Por esta razón, nuestra tarea se ha concentrado en mantener contacto con los consumidores para asesorarlos e informarlos sobre la importancia de conocer sus derechos, también hemos denunciado las arbitrariedades, luchado contra los abusos y sacado adelante importantes leyes en materia financiera, logrando reducir las tarifas.
Un consumidor financiero informado es mucho más consciente de los cobros que las entidades pueden y no pueden hacerle, y toma mejores decisiones a la hora de pedir un crédito, elegir un banco o su fondo de pensiones, teniendo en cuenta sus condiciones económicas y necesidades financieras. Una de las leyes por las que nos enorgullecemos, precisamente por obligar a las entidades a informar mejor a los colombianos, es la ley 1748 de 2014 o ley de precios transparentes. Con ella, aprobamos dos capítulos, uno bancario y otro pensional. No obstante, todavía hay algunos ciudadanos que desconocen los beneficios de la norma. ¡Mucho ojo! para que no coman cuento:
El primer capítulo de la ley de precios transparentes, reglamentada desde el 2015 por el gobierno, señala que los bancos deben informar a sus clientes -de manera clara, sencilla y unificada- todos los productos y servicios que adquieren. De esta manera, el extracto que envían periódicamente los bancos debe incluir un Valor Total Unificado (VTU) que, a su vez, contiene la tasa de interés y todo aquello que el usuario paga, como cuotas de manejo, intereses, seguros, gastos, contribuciones, erogaciones, comisiones e impuestos, entre otros.
Además, a los prospectos de cliente, las entidades bancarias deben darles las proyecciones VTU por cualquier tarjeta, crédito u otro servicio, antes de firmar algún contrato. Finalmente, los bancos están obligados a enviar al cliente el Reporte Anual de Costos Totales, es decir, un reporte especial, distinto de los extractos mensuales, en el que se informa la suma total de todos los costos que ha pagado durante el año, como cuotas de administración y manejo, tarifas por operaciones en cajeros, Internet y consultas telefónicas.
De esta manera, consumidor colombiano, los bancos ya no pueden meterle gato por liebre en los contratos, pues tienen que informarle detalladamente todos los costos que antes ponían en la letra menuda de su portafolio de servicios y que luego nos sorprendían a todos porque no entendíamos de donde salían esas cifras. Es nuestro derecho exigir que nos den información transparente y así podemos comparar cuáles son los productos financieros más convenientes para nuestro bolsillo.
El segundo capítulo de la ley de precios transparentes es el pensional. El decreto 2071 de 2015 obliga a los administradores de pensiones privados a informar trimestralmente a sus usuarios el capital neto ahorrado, los intereses devengados, las cotizaciones recibidas y las deducciones realizadas durante el período de corte. Igualmente, Colpensiones está obligada a enviar de manera física a sus afiliados el número de semanas cotizadas, las deducciones efectuadas y el ingreso base de cotización de los aportes hechos en los últimos seis meses. Desde el 2016, gracias a nuestra ley, Colpensiones habilitó en su página web una herramienta para la consulta de la historia laboral y la posibilidad de obtenerla por correo electrónico.
Con estas medidas, se acabó el conejo que algunas empresas les hacían a sus empleados cuando dejaban de pagar los aportes correspondientes. Actualmente, los trabajadores sabemos exactamente cuántas semanas nos han cotizado, qué empleadores lo han hecho y cuántas semanas nos faltan para obtener nuestra pensión.
Otro elemento importantísimo de esta norma es que obliga tanto a los fondos privados como a Colpensiones a brindar de manera ineludible doble asesoría a quienes deseen cambiarse de un régimen a otro. Si miramos atrás, encontramos que el informe del 2013 de la Dirección de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda señalaba que solo entre el 5% y el 20% de quienes se pasaron al régimen de prima media tomaron la mejor decisión. Para el 2014, el mismo órgano encontró “un gran desconocimiento del funcionamiento del sistema general de pensiones” y que las personas, cuando se trasladaban, tenían poca información de los regímenes pensionales existentes.
Dicho lo anterior, entendemos por qué es tan significativo que, desde octubre del 2016, tanto Colpensiones como los fondos privados estén brindando asesoría para que los colombianos puedan comparar ambos regímenes y elegir cuál les conviene más.
Un consumidor informado tiene gran poder porque es más consciente de las decisiones que toma y se puede defender mejor de aquellas entidades que quieran aprovecharse. La ley de precios transparentes es un aporte que hemos hecho para obligar a los bancos y fondos de pensiones a cumplir el viejo refrán de “las cuentas claras y el chocolate espeso”. La invitación que les dejo es a valorar la importancia de estar bien informados financieramente y a no dejarse engañar.