Policía Cívica : lunar negro de la Secretaría de Seguridad de Bogotá

Dom, 13/03/2016 - 17:24
Un lunar negro, innecesario e inconveniente. La promoción de la denominada "Policía Cívica", que implica la vinculación de civiles a actividades policivas, incorporada como una de las funciones de
Un lunar negro, innecesario e inconveniente. La promoción de la denominada "Policía Cívica", que implica la vinculación de civiles a actividades policivas, incorporada como una de las funciones de la recién creada Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, es una decisión desafortunada que podría opacar el positivo salto institucional que hemos dado para proteger la vida y la seguridad de los bogotanos. El proyecto original que la administración Peñalosa presentó no traía esa función. Fue en el trámite en el Concejo capitalino donde se le colgó esta tarea a la nueva Secretaría, finalmente aprobada por una estrecha mayoría luego de una intensa y acalorada discusión. Los argumentos centrales de quienes defendieron esta idea y de quienes votaron por ella, van desde recordar la legalidad de la denominada Policía Cívica hasta en insistir en la necesidad de la colaboración de la ciudadanía con la fuerza pública. Argumentos también defendidos en la pasada campaña por el candidato del Uribismo Francisco Santos, cuando propuso vincular seis mil expolicias y exmilitares a las tareas de seguridad de Bogotá. Es cierto que la creación de la Policía Cívica goza de legalidad. Como las Convivir en los años noventa o como las Autodefensas Campesinas en los años sesenta. Pero es precisamente en las disposiciones legales en donde aparecen los problemas, como en aquellas nefastas experiencias que terminaron en el paramilitarismo. En efecto, el Decreto 355 de 1994 "por el cual se dictan normas relativas a la policía cívica, en la modalidad de voluntarios", firmado paradójicamente por el hoy Ministro del Postconflicto Rafael Pardo, trae entre sus funciones una absolutamente polémica, por decir lo menos. En su artículo 3 establece que "son funciones de la Policía Cívica : 1. Suministrar información a la Policía Nacional principalmente sobre los siguientes aspectos: a)Infracciones penales y de Policía; b)Actividades que tengan relación con huelgas, paros, manifestaciones y/o desórdenes y en general toda situación que altere el orden público..." Esta disposición legal expresa claramente una criminalización de la protesta social y ciudadana y riñe con derechos consagrado en la Constitución de 1991. En los artículos 1, 2, 20, 37 y 56 están amparados los derechos de los ciudadanos a la libertad de expresión, a la manifestación pública y pacífica y a los trabajadores el derecho a la huelga. Como también viola los artículos 3, 18, 19, 20 y 28 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que protegen los mismos derechos y transgrede el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos suscrito por Colombia. Preocupa además que labores de inteligencia que exigen un alto nivel de profesionalismo, sean asignados a civiles sin experiencia y sin la formación adecuada para tales actividades. Como ya se ha dicho, las tristemente célebres Convivir fueron también una creación legal. Y por los mismos días en los que se creó y reglamentó la Policia Cívica. El Presidente Cesar Gaviria las autorizó mediante el Decreto 356 del 11 de febrero de 1994 y legalizó que civiles prestaran servicio de vigilancia y seguridad. En el Gobierno de Ernesto Samper se expandieron por todo el país y se crearon 529 cooperativas de seguridad rural en 24 departamentos, vinculando a quince mil trescientas personas. Está suficientemente documentado en investigaciones académicas, penales y periodísticas la participación de las Convivir en la expansión del paramilitarismo en extensas regiones del país. Un solo ejemplo ilustra esa nefasta experiencia: la convivir Papagayo recaudaba el "aporte" con destino a los paramilitares de la empresa norteamericana Chiquita Brand por cada caja de banano exportada desde los puertos de Urabá. No es alarmismo, pero no es aconsejable delegar en civiles labores de seguridad. Y menos para perseguir la legítima protesta social. Por el contrario, hay que fortalecer el monopolio de la fuerza en manos del Estado, sobre todo en los tiempos del postconflicto que vienen. Sería oportuno que la Corte Constitucional derogara el Decreto que reglamenta la Policía Cívica y de paso elimina ese lugar negro de la Secretaria que debe garantizarnos la seguridad.
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