Las condiciones políticas y sociales por las que atraviesa el país, parecen reclamar la necesidad de pensar en un nuevo pacto político que abra la discusión de fondo en los temas más cruciales del momento como son los de la equidad y la justicia para alcanzar mejores índices de inclusión social, que es en el fondo la razón y el pretexto que ha justificado más de 50 años de violencia política. Y no es para menos. Si para salir de ese infierno que fue la violencia partidista de los años 40 y 50 del siglo pasado se consideró viable la realización de un plebiscito político que permitiera la firma e implementación del “Frente Nacional”, para poner fin a la violencia partidista, será asertivo y prudente pensar en un mecanismo parecido para legalizar los acuerdos a que se llegue con las insurgencias de las Farc y el Eln.
Son varios los mecanismos de participación ciudadana que se consideran formas de participar democráticamente en ejercicio de sus derechos, según Ley 134 de 1994. Es bueno resaltar: a) El voto, como el acto mediante el cual un ciudadano participa de manera activa en la elección de las personas que quieren que los represente. B) El Referendo, que es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica, o derogue o no una norma ya vigente, y c) El Plebiscito como el pronunciamiento del Pueblo convocado por el Presidente de la Republica para apoyar o rechazar una determinada decisión del ejecutivo. Es pedagógico recordar que el más importante Plebiscito que se ha realizado en la historia de Colombia fue precisamente el que le abrió las puertas al Frente Nacional en 1957.
Desde luego no será una Asamblea Nacional Constituyente el mecanismo inmediato de refrendación de los Acuerdo por las limitaciones de tiempo, modo y lugar conocidas. Pero si cobra mucha posibilidad para un futuro inmediato, donde con tiempo y en forma prudente se preparen las condiciones políticas que hagan posible la convocatoria de la Constituyente para unos años más adelante. Este esfuerzo debe estar sincronizado con un espíritu de unidad nacional que permita a las fuerzas activas de la sociedad trabajar mancomunadamente en la construcción constitucional de un verdadero proyecto de nación que incluya en un cuarto poder, siguiendo los dictados de Montesquieu, el poder moral de la educación, como absolutamente decisivo para aumentar la democracia política.
Pienso que las dos posiciones políticas: Plebiscito y Asamblea Nacional Constituyente no son antagónicas. Todo lo contrario, son sinérgicas. Lo que el presidente Santos desea con el proceso eleccionario del Plebiscito es la refrendación popular para que después de la firma de los Acuerdos con las Farc y el Eln, nadie puede reclamar ideologías políticas o razones ideológicas para mantener las armas o para volver a empuñarlas. Está fue la premisa que le faltó al Plebiscito de 1957, que por sus múltiples falencias y vacíos no dimensionó el compromiso taxativo de no volver a tomar las armas, como efectivamente ocurrió años después de la votación.
Con la Asamblea Nacional Constituyente debe ocurrir algo similar. Logrados y refrendados los Acuerdos en consulta popular el país debe asumir inmediatamente su reconstrucción política, ética y social. El espíritu de los Acuerdos debe impactar la Constitución Nacional y para tal efecto deben implementarse los estudios de los artículos concernidos al nuevo país que surgirá de la “Paz territorial”, las modificaciones en el uso y la tenencia de la tierra, la utilización social del suelo urbano, el surgimiento de las nuevas expresiones políticas que vienen de las organizaciones armadas que se han acogido a la vigencia de los Acuerdos de Paz.
Aquí es donde entra a jugar su papel los aspectos centrales que algunos consideramos importantes, en relación a una Asamblea Nacional Constituyente que es un mecanismo participativo y democrático, a saber: a) Es una expresión soberana del Pueblo. b) Puede ser limitada en cuanto al poder otorgado. Y c) Es temporal. Es una expresión soberana popular ya que el que decide es el constituyente primario a través de su voto. Se ha tenido una idea no correcta en relación a que su poder es omnímodo, pero no. Su amplitud puede estar limitada desde su convocatoria a los aspectos que se consideren más relevantes y mantener otros, sobres los cuales se considere necesario no abordar, pues ya están tratados o resueltos.
Lo que sí es conducente es que el texto que convoca a una Asamblea Nacional Constituyente debe tener las características de ser: preciso, claro y sobre todo delimitado en el tiempo. Esta última condición es muy importante por que como es una guía fundamental para la acción política de la nación, normada según sus esperanzas y sueños, esta debe ser definida en un tiempo corto y prudente para que comience a dar sus ansiados frutos lo más pronto posible.
Dejamos estas reflexiones a la discusión política, con la fundada esperanza de ayudar abrir caminos en los persistentes esfuerzos por la Paz y la tranquilidad de la gran familia colombiana.
EX.EMBAJADOR DE COLOMBIA EN EUROPA.
VICEPRESIDENTE DEL COMITÉ PERMANENTE POR LA DEFENSA DE LOS DD.HH. (CPDH)
Reflexiones acerca de la Asamblea Nacional Constituyente
Mié, 11/05/2016 - 16:50
Las condiciones políticas y sociales por las que atraviesa el país, parecen reclamar la necesidad de pensar en un nuevo pacto político que abra la discusión de fondo en los temas más cruciales de
