Un juicio a la administración de Justicia

Mar, 29/05/2012 - 01:03
No son pocos los casos en que se debate sobre lo justo o lo eficiente de nuestra administración de Justicia. Y sin duda recientemente se cuestiona por haberse politizado –para unos— y mediatizado
No son pocos los casos en que se debate sobre lo justo o lo eficiente de nuestra administración de Justicia. Y sin duda recientemente se cuestiona por haberse politizado –para unos— y mediatizado —creo que para la mayoría de los ciudadanos normales—. Lo que le ha pasado a nuestra justicia es que perdió el rumbo y se dedica a buscar culpables —muchas veces a crearlos— para satisfacer a los medios o a las pasiones políticas. No es el proceso el que define la condición en la cual queda un indiciado, sino el manejo que le da —o se le da a— la prensa. Hoy en día uno de los órganos de menos credibilidad del Estado es la Administración de Justicia. En buena parte por su propia culpa debido a los cuestionamientos —algunos justos, otros injustos— que se le hacen a sus más altos representantes; en parte también por su ineficiencia y la incapacidad de cumplir su función —nada más lejos de la ‘pronta y cumplida justicia’ que lo que sucede en nuestros juzgados y tribunales—; pero también porque hay la percepción de que lo que determina las acciones —y los fallos— de la justicia lo están manejando los medios o los intereses, pasiones o convicciones políticas—. Lo que vende al público es que lo importante es que se llegue al resultado no como se llega; y qué resultado se busca lo determina la presentación que se hace en los medios. En la película El conspirador se trata el tema del defensor de la conspiración para el asesinato de Lincoln y su vicepresidente, cuando a quien se designa como abogado defensor de la madre del único responsable que no fue capturado y quien prestó como sede para la conspiración su pensión, se encuentra en el dilema de defender a quien los tribunales militares y la opinión pública —y él mismo como parte de ella— ya la consideraban culpable. El momento culminante es cuando el Senador le dice al abogado que lo que está defendiendo no es a una persona sino los principios y valores de la Constitución: que más importante que el resultado del juicio es que se cumpla con las garantías y requisitos que se exigen antes de declarar a alguien culpable. Esa concepción es la que en Colombia no se solo se ha perdido sino se ha invertido. La verdadera justicia se garantiza es justamente por el rigor con que se aplican los principios y las normas del derecho. Lo otro, lo que estamos viviendo, es la adhesión a la propuesta de que más vale castigar a un inocente que exonerar a un culpable. El caso de Sigifredo López es paradigmático de este dilema. Lo que está de por medio no es solo si él es culpable de lo que se le acusa o no, sino aún más cómo está funcionando nuestro sistema judicial. La explicación que por regirse bajo el régimen anterior es obligatoria su detención, se contradice con el principio de la favorabilidad que hace que lo aplicable sea la condición que más lo favorezca; la calificación del delito que se le puede llegar a imputar no puede producir consecuencias antes de que la acusación exista —o en todo caso no obligatoriamente—. Desde el punto de vista jurídico desapareció el principio de la presunción de inocencia y de que la culpabilidad debe probarse más allá de la duda razonable. Nadie tiene que probar su inocencia; caer en el debate sobre si logra probarla o no, es haber perdido o renunciado a lo más elemental de la justicia. Las filtraciones con las escenas del perfil y las grabaciones de la voz son obviamente porque hay alguien interesado en ambientar una culpabilidad. No se sabe ni que validez tienen como pruebas ni como pueden presentarse o pesar ante el juez; pero sí es claro que buscaron formar una opinión del ciudadano por fuera o independientemente de cómo jueguen en el eventual juicio. Hay una manipulación de los medios que no es coincidente con el rigor probatorio que se debe dar en los estrados, pero sí incide o presiona a quienes deben pronunciarse sobre el tema. Aún si las experticias dentro de los límites de probabilidad y posibilidad de certeza (que nunca es absoluta) llegaran a afirmar que parecieran ser pruebas en contra del sospechoso, hay otras tantas de igual o más peso que probarían lo contrario. En tal caso no solo debería aplicar el ‘in dubio pro reo’ es decir superar el límite de la duda razonable, sino para dar más validez a una que a la otra se debe complementar o contextualizar. Al respecto la ausencia de cualquier prueba o indicio de contactos o vinculación previa o posterior con la organización guerrillera confirma lo contrario a lo sospechado (el mencionar su afiliación de joven al Moir o su actividad política en Pradera como indicio de ello es acusar con especulaciones); no se diga el absurdo de pretender que se internó disfrazado de secuestrado durante siete años en la selva, y menos que perdió dientes y sufrió enfermedades de prisionero por idealismo subversivo. La ‘prueba reina’ de la exposición donde se vería una punta de nariz, de labios y de mentón, en su contenido apoyaría la tesis de la inocencia pues mostraría que el expositor tenía un cargo de dirigencia o de comandancia: explica las rutas de salida que se tomará para alejarse de la Asamblea, y, con los respectivos planos de la ciudad y regionales, los caminos a emprender una vez concretada la captura; es decir, desarrolla el plan completo, lo cual obviamente solo lo puede presentar un cuadro superior (y así lo confirma la indagatoria a alias ‘Santiago’). La lógica diabólica de la acusación tendría otras explicaciones necesarias: la convivencia con los otros 11 diputados durante más de cinco años sin que sospecharan siquiera de algo parecido sería imposible (incluso el ‘trato preferencial’ que menciona el reinsertado los llevaría a conclusiones), luego la muerte de ellos habría respondido a la necesidad de proteger a Sigifredo; su liberación no respondería a las conversaciones de Piedad con las Farc sino a un plan maestro para que él siguiera infiltrado en la política, ahora bajo el disfraz de víctima; dada la importancia que tendría tanto cuando hace la presentación que se le atribuye como para poder desarrollar ese plan —con asesinatos y todo— no podría ser él un cuadro cualquiera, sino, además de organizar esos planes, tener la capacidad decisoria para aplicarlos; o sea que, además de la inteligencia y el maquiavelismo para preparar todo eso, la autoridad para imponerlo. En contra de todo lo anterior se inició un proceso y presentó una acusación que solo responde a un propósito diferente a la búsqueda de la correcta justicia y a la voracidad de los medios por buscar noticias con ‘rating’. Eso nace de la obsesión por que aparezca una farcpolítica, buscando una especie de equilibrio a lo terrible que ha mostrado la parapolítica. Así se ensayó con Carlos Lozano, con Jorge Robledo, con Piedad Córdoba, ahora con Álvaro Leyva, Andrés González y otra vez Piedad Córdoba por haber estado en el Caguán con la dirigencia guerrillera. Según eso estos cargos habrían sido imputables desde el presidente de la bolsa de Nueva York hasta el Presidente López Michelsen. Es hora de distinguir cuándo hay un ánimo delictuoso y en qué forma se realiza el acto cuestionado, y cuando lo que aparece es lo contrario: no es lo mismo ir hablar de paz con el enemigo, que, para obtener un beneficio personal, asociarse con quien lo que ofrece es su capacidad de cometer crímenes; no es lo mismo sentarse en una mesa (o aun asistir a un baile) para poder iniciar un diálogo constructivo con propósitos altruistas, que citarse clandestinamente con quien con motosierras y barbarie controla los votos o ‘protege’ la región donde se tienen intereses. La sana crítica consiste en considerar el conjunto de elementos que permiten llegar a una conclusión lógica; el aislar posibles indicios, o aún pruebas, del contexto dentro del cual se deben estudiar es pervertir el sentido de la correcta administración de justicia para buscar un resultado ajeno a ella.
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