Heidy Sánchez Barreto

Abogada de la Universidad Libre, especialista en derecho ambiental y cursa maestría en derecho constitucional de la Universidad Externado de Colombia. Se reconoce como una mujer feminista y antimilitarista, que representa desde el Concejo de Bogotá a las nuevas generaciones de la Unión Patriótica, partido del cual es su presidenta a nivel distrital.

Heidy Sánchez Barreto

Un retroceso de dos siglos: el peligrosismo penal en el PDD

A mediados del siglo XIX, un criminólogo italiano llamado Cesare Lombroso inauguró lo que académicamente se conoce como la escuela de la criminología positivista o del peligrosismo penal. Según este teórico, las personas más proclives a la comisión de crímenes tienen ciertos rasgos físicos: la frente hundida, el maxilar grande, los pómulos salidos, etc. Desde una perspectiva más general, podemos definir esta escuela peligrosista como aquella que establece que hay personas más cercanas o proclives al crimen que otras, bien sea por factores fisiológicos, sociales o culturales.

Esta aproximación pseudocientífica al fenómeno del delito tiene tan pocas bases que hoy en día indignaría al más recatado de los liberales, de los cuales vamos a evitar proponer ejemplos locales porque, en nuestras tierras, tras las máscaras más progresistas se pueden hallar rostros fascistoides, sin embargo, es eso mismo lo que se está proponiendo en el Plan de Desarrollo que está actualmente en discusión en el Concejo de Bogotá, y que fue elaborado por la administración de Carlos Fernando Galán, veamos.

El primer objetivo estratégico de este instrumento de planeación es el denominado “Bogotá avanza en seguridad” que, tal como se anunciaba desde la campaña electoral del actual alcalde, sería uno de los temas centrales de su gestión en el Palacio de Liévano. Este objetivo se explica de manera general en el artículo 7 y se desdobla en programas en el artículo 8, en especial en el programa 3, en donde se propone lo siguiente: “Además, el fortalecimiento del sistema de videovigilancia de Bogotá permitirá que los organismos de seguridad puedan identificar poblaciones con mayor riesgo de delitos y prácticas violentas contra la ciudadanía y la infraestructura de la ciudad, y facilitar a la MEBOG el despliegue operacional ante fenómenos delictivos”.

Al preguntar, por medio de derecho de petición, por el significado de esta identificación se nos responde que se van a usar sistemas de inteligencia artificial con análisis de datos para la investigación criminal predictiva, es decir, para la producción, gestión y análisis de la información, de la siguiente manera: “Se incorporará la información obtenida como producto de las operaciones territoriales y atenciones con el fin de identificar las poblaciones, situaciones, contextos de riesgo y vulnerabilidad para la comisión de delitos o ejercicio de violencias”, lo cual no nos da mayores luces de a quiénes se va a perfilar y por qué.

En últimas estamos frente al mismo enfoque peligrosista de finales del siglo XIX, solo que en vez de un “científico” haciendo craneometría para definir quién puede ser criminal y quién no, tendremos a un burócrata del Distrito programando una Inteligencia Artificial (IA) y estableciendo, quién sabe con base en qué criterios, exactamente lo mismo, para que luego las cámaras de videovigilancia identifiquen a este tipo de personas. No es difícil vaticinar los resultados de cuáles son esas poblaciones “potencialmente peligrosas”, pobres, migrantes y jóvenes son las apuestas más seguras.

¿Cuál es el problema? Dirían algunos. Además de los evidentes nudos morales que se encuentran en esta cadena de errores, a nivel jurídico se presenta una contradicción entre esta propuesta y la presunción de inocencia, uno de los pilares y una de las garantías democráticas básicas de un Estado liberal, asumida como tal por todo penalista serio, desde Beccaria en adelante. Definir que hay poblaciones que son, de alguna manera, pre-culpables, por sus condiciones sociales y que merecen una especial vigilancia del Estado (y seguramente un grado de represión o uso de la fuerza más drástico) da al traste con este pilar básico de la democracia colombiana, por no mencionar la garantía constitucional de que en Colombia no habrá discriminación “por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica”  o que, en el mismo artículo, “El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan”, aquí se está proponiendo lo exactamente opuesto.

Pero es que lo más grave de esta escuela peligrosista es que es la puerta de entrada a escenas oscuras y autoritarias que, se supone, hemos proscrito como sociedad occidental. Así como las teorías de Lombroso, Ferri y Garófalo fueron los cimientos teóricos para la limpieza étnica aplicada por nazis y fascistas -hoy tan eficientemente aplicada por sus víctimas de entonces-, lo que se propone en el Plan de Desarrollo se constituye en los primeros peldaños de una escalera descendente hacia la xenofobia y la aporofobia institucionalizadas y las formas de violencia que de allí se derivan. 

Es un fin legítimo del Estado buscar herramientas para perseguir y ajusticiar a los criminales, pero precisamente para evitar los excesos de la autoridad en ese ejercicio es que existen las garantías constitucionales que, de entrada, se oponen directamente a lo que propone este Plan de Desarrollo en ese punto específico, esa propuesta escrita con una mano en el computador y la otra empuñando un fasces, es una de las tantas razones que tenemos para oponernos a la administración de Carlos Fernando Galán.

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Heidy Sánchez Barreto
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