¿Qué pasará con la curul de Santrich?

Mar, 10/04/2018 - 08:50
La captura de Jesús Santrich a petición del Gobierno de los Estados Unidos por los delitos de narcotráfico, más allá de las mencionadas tensiones entre el Gobierno y la F
La captura de Jesús Santrich a petición del Gobierno de los Estados Unidos por los delitos de narcotráfico, más allá de las mencionadas tensiones entre el Gobierno y la Farc, generó varias dudas, entre ellas qué pasará con la curul que el exlíder guerrillero obtuvo en la Cámara de Representantes. Como resultado del acuerdo de paz, la hoy denominada Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común recibió diez curules en el Congreso, cinco en Senado y cinco en Cámara. Santrich, como cabeza de lista, obtuvo de manera inmediata su escaño, por lo que actualmente es representante electo. Pero los recientes hechos cambiarían este panorama. Su posible extradición a los Estados Unidos, que le causaría una pena de entre diez años de prisión hasta cadena perpetua, cambia por completo el panorama. Serían tres los posibles escenarios, todo depende de si se comprueba que los hechos de los que se le acusa sucedieron antes o después del 1 de diciembre de 2016, fecha en que se firmaron los acuerdos de paz.  Si ocurrieron antes de dicha fecha, entonces deberá pasar por la Jurisdicción Especial de la Paz (JEP). En este caso “la jurisdicción remitirá el caso a la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y esta sala se ocupará de lo pertinente", según señaló Patricia Linares, presidenta de este tribunal. [single-related post_id="855611"] Con esto Santrich no perdería la curul ni ninguno de sus beneficios políticos. Pero si se comprueba que los hechos sucedieron después de la firma de los acuerdos, pasaría a la justicia ordinaria. En este caso se debe tomar en cuenta el artículo 34 de la Constitución: "En ningún caso podrán ser reemplazados quienes sean condenados por delitos comunes relacionados con pertenencia, promoción o financiación a grupos armados ilegales o actividades de narcotráfico; dolosos contra la administración pública; contra los mecanismos de participación democrática, ni por delitos de Lesa Humanidad". Esto quiere decir que habría 'silla vacía', por lo que la Farc no podría remplazarlo con otra persona. Ahora bien, esta silla vacía se aplicaría no de manera inmediata sino hasta que se terminen las investigaciones y Santrich sea condenado o hayan motivos suficientes para aplicar la figura, tal como sucedió con Musa Besaile. Sin embargo, existe otra interpretación que le quitaría el puesto a Santrich pero no a la Farc: en los acuerdos se garantiza la participación política del grupo por medio de cinco curules en cada corporación. Por esta razón, independientemente de los líos judiciales de sus militantes, el partido recibiría la curul. Deben ser las altas cortes las que definan cuál de estos dos casos se aplican.  Pero de comprobarse que Santrich realizó actividades de narcotráfico tras la firmas de los acuerdos, la Farc podría tener problemas con su personería jurídica. El acto legislativo 3 de 2017, que creó el marco legal para la creación del nuevo partido establece que "el partido o movimiento político reconocido deberá cumplir los requisitos de conservación de la personería jurídica, y estará sujeto a las causales de pérdida de la misma previstas para los demás partidos y movimientos políticos". Una de esas causales es la participación de los congresistas de un partido en narcotráfico.
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