Decretan cuarentena en Antioquia por coronavirus

Jue, 19/03/2020 - 19:04
El gobernador Anibal Gaviria y el alcalde de Medellín, Daniel Quintero, anunciaron la cuarentena como medida para la contención de la pandemia del coronavirus en la región

A partir de las 7:00 p.m. del viernes 20 de marzo y hasta las 3:00 a.m. del martes 24 de marzo regirá una 'Cuarentena por la vida' en Antioquia, según anunció el gobernador Anibal Gaviria en alocución la tarde de este jueves.

La medida se prohíbe la circulación de personas y vehículos entre las fechas y horarios establecidos, como medidas para contener la expansión del coronavirus Covid-19, que ya a contagiado a 108 personas en el territorio nacional, once de las cuales se encuentran en Antioquia.

Fueron excepcionados de la cuarentena en Antioquia.

  • Quienes estén debidamente acreditados como miembros de la Fuerza Pública, Ministerio Público incluyendo las Personerías Municipales, Defensa Civil, Cruz Roja, Defensoría del Pueblo, Cuerpos de Bomberos, Organismos de socorro, funcionarios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, de la Fiscalía General de la Nación y las autoridades que cumplan funciones de policía.
  • Vehículos y personal de vigilancia privada y empresas de transporte de valores.
  • Personal sanitario y de emergencia médica, ambulancias, vehículos destinados a la atención domiciliaria de pacientes y distribución de medicamentos a domicilio.
  • Toda persona que de manera prioritaria requiera atención de un servicio de salud, su acompañante y las personas que se dediquen a la guarda y cuidado de personas mayores de edad.
  • Personal que labore en medios de comunicación.
  • Personal operativo y administrativo aeroportuario, pilotos, tripulantes y viajeros que tengan vuelos de salida o llegada a los aeropuertos José María Córdova en el municipio de Rionegro, Olaya Herrera en el municipio de Medellín y Antonio Roldan Betancur en municipio de Carepa, programados durante el periodo de la 'Cuarentena por la vida' o en horas aproximadas a la misma, debidamente acreditados con el documento respectivo.
  • Vehículos y personal de las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, telecomunicaciones, centros de llamadas, centros de contactos, centros de soporte técnico y plataformas de comercio electrónico.
  • Trabajadores y personal de aquellas obras de infraestructura o de atención de programas sociales que deban ejecutarse o no puedan suspenderse, previa autorización de la autoridad municipal.
  • Los vehículos de servicio público individual debidamente identificados podrán movilizar personas desde y hacia las terminales aéreas. Los vehículos de servicio público individual una vez terminadas sus labores deberán dirigirse a su lugar de domicilio.
  • Igualmente estarán exceptuados de esta medida las personas que acrediten debidamente ser personal del Sistema Integrado del Metro y Metroplús.
  • Vehículos y personal que realice el abastecimiento de víveres y de productos de aseo.
  • Personal y vehículos incluidas las motocicletas de propiedad del personal vinculado a entidades, empresas y establecimientos del sector salud, que transporten personal y/o suministros médicos los cuales deben portar identificación.
  • Personas que trabajen en comercios de primera necesidad, tales como farmacias y supermercados.
  • Personas que presten sus servicios a empresas o plataformas tecnológicas dedicadas a la entrega a domicilio de víveres y productos farmacéuticos, por medio de motocicletas y bicicletas.
  • Personas y vehículos destinados a servicios funerarios exclusivamente durante el tiempo de la prestación del mismo. 16. Las personas que deban desplazarse a atender actividades agropecuarias, que por su naturaleza sea de impostergable ejecución.
  • Las personas que deban sacar sus mascotas por tiempo prudente y a lugares cercanos a su residencia.
  • Las personas de la zona rural que requieran abastecimiento de víveres y productos de aseo e higiene.
  • Personal y vehículos que realicen la operación y logística del sorteo de la Lotería de Medellín.

Además, entre las medidas adoptadas por el mandatario local, se dispone la prohibición del consumo de bebidas embriagantes en el espacio público y las conglomeraciones de más de cincuenta personas.

Los menores de edad que se encuentren sin sus padres serán conducidos por las autoridades al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para la verificación de las circunstancias

La 'Cuarentena por la vida', fue acordado con el Gobierno nacional y las autoridades locales, según reveló en su cuenta en Twitter el alcalde de Medellín, Daniel Quintero.

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