
La nueva reforma laboral, aprobada mediante la Ley 2466 de 2025 y sancionada el pasado 26 de junio, generó expectativa entre trabajadores y empleadores por los posibles cambios en las reglas del despido sin justa causa. Aunque en su versión inicial se planteaban modificaciones significativas, finalmente el Congreso decidió no aprobar estos ajustes.
En Colombia, cuando un empleador decide terminar un contrato laboral sin una razón legítima avalada por el Código Sustantivo del Trabajo, debe pagar una indemnización. Esa obligación se mantiene bajo los mismos parámetros vigentes antes de la reforma, pese a las propuestas que inicialmente buscaban aumentarla.
Actualmente, para los contratos a término indefinido, el cálculo de la indemnización varía según el salario y la antigüedad del trabajador. Si el salario es inferior a diez salarios mínimos mensuales legales vigentes, el empleador debe pagar 30 días de salario por el primer año y 20 días por cada año adicional. En cambio, si el salario es igual o superior a diez salarios mínimos, se paga una base de 20 días por el primer año y 15 días adicionales por cada año subsiguiente.
En el caso de los contratos a término fijo, la indemnización corresponde al tiempo que falte para finalizar el contrato. Es decir, si restan tres meses para su vencimiento, el trabajador tiene derecho al pago correspondiente a ese periodo.
La reforma, en su propuesta original, buscaba establecer un piso mínimo de 45 días de indemnización en todos los tipos de contrato, sin importar el tiempo restante o los años trabajados. Incluso contemplaba el mismo mínimo para contratos por obra o labor. Además, se sugería que por cada año adicional trabajado, se sumaran otros 45 días en los contratos indefinidos.
No obstante, estas disposiciones no pasaron el filtro del legislativo. El Congreso eliminó esos artículos durante el debate, lo que significa que el esquema de indemnización por despido sin justa causa sigue funcionando exactamente igual que antes de la reforma.
Aunque se discutieron cambios importantes, la normativa actual sobre indemnización por despido se mantiene intacta, y no se implementaron nuevos montos o condiciones.