Consejo de Estado admite demanda contra elección de Carlos Camargo

Jue, 13/11/2025 - 09:24
El Consejo de Estado estudiará la nulidad de la elección de Camargo como magistrado de la Corte Constitucional, por conflicto de intereses y paridad de género.
Créditos:
Prensa del Senado de la República,

El Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad electoral contra la elección de Carlos Camargo Assis como magistrado de la Corte Constitucional. La acción fue presentada por cinco organizaciones de la sociedad civil y la academia, junto con dos ciudadanas, que señalan posibles violaciones a las reglas de conflicto de intereses y a los principios de equidad de género en el proceso de elección.

La demanda fue admitida el 11 de noviembre de 2025, lo que significa que el alto tribunal estudiará de fondo la legalidad del acto mediante el cual el Senado eligió a Camargo el 3 de septiembre de 2025, a partir de una terna enviada por la Corte Suprema de Justicia.

La acción fue interpuesta por Dejusticia, la Fundación Jacarandas, el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR), el Instituto Latinoamericano para una Sociedad y un Derecho Alternativos (ILSA), la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia y las ciudadanas Andrea Parra y Dora Lucy Arias.

El argumento de conflicto de intereses

El primer eje de la demanda se basa en el artículo 126 de la Constitución, que prohíbe las prácticas de “yo te nombro y tú me eliges” en la relación entre nominadores y elegidos.

Según las organizaciones demandantes, cuando Camargo fue Defensor del Pueblo (2020–2024) habría nombrado o contratado, de manera discrecional, a familiares cercanos de al menos 10 magistrados o magistradas de la Corte Suprema de Justicia y de 11 senadores y senadoras. Algunas de estas personas fueron vinculadas directamente, y luego sus familiares intervinieron en la postulación o elección del hoy magistrado.

La demanda sostiene que esos vínculos configuraron un conflicto de interés que pudo incidir en la votación de la Corte Suprema para ternarlo y, posteriormente, en la decisión del Senado para elegirlo. Afirma además que, sin esos votos, no se habría alcanzado la mayoría necesaria.

Como precedente, las organizaciones citan la sentencia de Sala Plena del Consejo de Estado de 2016, que anuló la reelección de Alejandro Ordóñez como procurador general por un patrón similar de nombramientos de familiares de magistrados antes de su elección.

La discusión por la paridad de género

El segundo argumento central se refiere a los principios de equidad de género y transparencia. La demanda invoca los artículos 13, 40 y 43 de la Constitución, que obligan al Estado a avanzar progresivamente hacia la paridad entre hombres y mujeres en los altos cargos públicos y a evitar retrocesos injustificados.

Las organizaciones recuerdan que en 2021 la Corte Constitucional había alcanzado una composición paritaria. Con la elección de Camargo, el balance pasó de 5 hombres y 4 mujeres a 6 hombres y 3 mujeres, lo que, a su juicio, constituye un retroceso en la representación femenina.

Según el texto, la Corte Suprema no explicó por qué no conformó una terna compuesta únicamente por mujeres, pese a que ello habría permitido mantener la paridad, ni el Senado justificó por qué no eligió a la única mujer incluida en la terna. Para las demandantes, esta ausencia de motivación vulnera el deber estatal de proteger los avances logrados en materia de igualdad de género.

Lo que viene ahora

Con la admisión, el Consejo de Estado abrirá la fase de estudio de fondo, en la que deberá determinar si se configuraron violaciones al régimen de conflictos de interés y a los mandatos de igualdad de género.

Hasta el momento Carlos Camargo no se ha pronunciado sobre la decisión del Consejo de Estado.

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