SIC impuso millonaria multa a empresa del Jamming Festival

Lun, 17/03/2025 - 12:03
En el 2022 muchos asistentes al festival de reggae se vieron afectados por la cancelación del evento a solo horas de empezar, razón por la que la SIC multó a la empresa.
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Créditos: SIC / Jamming Festival

La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una sanción millonaria de $487.771.648 a Buena Vibra Eventos EU (BUENA VIBRA) debido a múltiples irregularidades que afectaron los derechos de los consumidores durante la realización del Jamming Festival 2022. Esta medida resalta el compromiso de la SIC en garantizar la protección de los derechos de los consumidores en eventos de gran envergadura.

Irregularidades detectadas en el Jamming Festival 2022

Entre las principales conductas sancionadas por la SIC se encuentran una serie de faltas que no solo generaron inconvenientes a los asistentes al evento, sino que también violaron las normativas de protección al consumidor. A continuación, se detallan las principales irregularidades que llevaron a la imposición de la multa:

  1. Falta de Información Oportuna sobre el Aplazamiento del Evento
    Uno de los puntos más graves fue la falta de información clara y puntual sobre el aplazamiento del Jamming Festival 2022. A pesar de que la empresa organizadora publicó en su página web un mensaje de tranquilidad respecto a la realización del evento, los consumidores se enteraron del aplazamiento un día antes de la fecha prevista, a través de noticias en los medios de comunicación. Esta falta de transparencia afectó la confianza de los asistentes, quienes ya habían realizado compras y organizado su asistencia.

  2. Información Confusa sobre los Artistas
    La SIC también detectó que Buena Vibra difundió información confusa y poco precisa sobre los artistas que se presentarían en el festival. A pesar de que algunos artistas ya habían cancelado su participación, estos seguían siendo anunciados en el cartel del evento, incluso hasta el último momento. Esta desinformación generó malestar y descontento entre los asistentes, quienes esperaban ver a los artistas anunciados.

  3. Ausencia del PULEP
    Otro aspecto importante que motivó la sanción fue la omisión del PULEP (Código Único Asignado al Espectáculo Público de las Artes Escénicas). BUENA VIBRA difundió piezas publicitarias del evento en sus redes sociales sin haber obtenido previamente este código, que es un requisito obligatorio para la realización de espectáculos públicos. Esta falta de cumplimiento de las normativas establecidas por las autoridades competentes también fue un factor clave en la sanción.

  4. Cláusulas Abusivas en los Contratos de Adhesión
    Además de las irregularidades mencionadas, se encontró que los contratos de adhesión utilizados para la venta de boletería del Jamming Festival contenían cláusulas abusivas. Según la SIC, estas condiciones limitaban los derechos de los consumidores, pues no les permitían solicitar la devolución del dinero en caso de cambios en la fecha o lugar del evento, o incluso después de realizar la compra en línea a través de la página web o el chat de WhatsApp.

  5. Incumplimiento de Órdenes de la SIC
    La sanción también se fundamenta en el incumplimiento de las órdenes impartidas por la SIC. Buena Vibra no cumplió con la obligación de publicar información clara y precisa sobre el cartel final del evento ni sobre las modificaciones en las fechas o la programación. Además, la empresa no entregó los documentos solicitados por la Superintendencia ni cesó la publicidad del Jamming Festival 2023, a pesar de que se le había requerido que lo hiciera para evitar daños adicionales a los consumidores.

Reafirmación del compromiso con los derechos del consumidor

Con esta millonaria sanción, la SIC reafirma su compromiso con la protección de los derechos de los consumidores, especialmente en eventos de gran escala como el Jamming Festival. La Superintendencia subraya la importancia de promover una cultura de transparencia, responsabilidad y cumplimiento en la organización de espectáculos públicos, asegurando que los consumidores reciban información clara y precisa sobre los productos y servicios que adquieren.

Para la tasación de la multa, la SIC consideró los principios de razonabilidad y proporcionalidad establecidos en la Ley 1480 de 2011, conocida como la Ley del Consumidor, que regula las condiciones de los contratos y la publicidad, así como las prácticas comerciales que afectan a los consumidores. Esta ley establece una serie de criterios para sancionar las infracciones a los derechos de los consumidores, buscando siempre un equilibrio justo entre la gravedad de la falta y la sanción aplicada.

Recursos legales disponibles

Contra los actos administrativos sancionatorios, BUENA VIBRA tiene la posibilidad de interponer recursos legales de reposición y apelación. Estos recursos pueden ser presentados ante la Directora de Investigaciones de Protección al Consumidor y/o la Delegada de Protección al Consumidor de la SIC, quienes evaluarán las alegaciones de la empresa antes de tomar una decisión final.

La multa impuesta a Buena Vibra Eventos EU es un recordatorio de la importancia de cumplir con las normativas de protección al consumidor en la organización de eventos masivos. Los consumidores tienen derecho a recibir información precisa, clara y oportuna sobre los eventos a los que asisten, y las autoridades competentes están firmes en su misión de garantizar estos derechos.

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