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¿Trabaja los domingos? Así quedó el recargo dominical en Colombia

Desde el 1 de julio de 2026, trabajar domingos o festivos se paga con un recargo del 90 %.
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El recargo dominical y festivo en Colombia volvió a aumentar. Desde el 1 de julio de 2026, los trabajadores que laboren en días de descanso obligatorio deberán recibir un recargo del 90 % sobre el valor de la hora ordinaria, según lo establecido en la Ley 2466 de 2025, que modificó el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo.

Antes de la reforma, este recargo era del 75 %. Sin embargo, la nueva ley estableció una aplicación gradual: en julio de 2025 subió al 80 %, desde julio de 2026 quedó en 90 % y, a partir del 1 de julio de 2027, llegará al 100 %.

¿Cómo quedó el pago?

Con este ajuste, el pago por trabajar un domingo o festivo se calcula tomando el valor de la hora ordinaria y sumándole el recargo del 90 %. Es decir, si una persona trabaja durante un día de descanso obligatorio, no solo recibe el valor normal de la hora, sino un pago adicional equivalente al 90 % de esa hora.

Para 2026, el salario mínimo mensual legal vigente fue fijado en $1.750.905. Con esa base, hasta antes de la reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales, el valor aproximado de la hora ordinaria es de $7.959. Por eso, una hora trabajada en domingo o festivo queda alrededor de $15.122, sumando la hora ordinaria más el recargo del 90 %.

Otro cambio desde julio

El ajuste en el recargo dominical coincide con otro cambio laboral importante. Desde el 15 de julio de 2026, la jornada laboral máxima en Colombia llegará a 42 horas semanales, como parte de la reducción gradual establecida en la Ley 2101 de 2021, sin disminuir el salario de los trabajadores.

Esto también influye en el cálculo de horas extras y recargos, porque al mantenerse el mismo salario mensual con menos horas de trabajo, el valor de la hora ordinaria aumenta. Desde esa fecha, para quienes ganan el salario mínimo, la hora ordinaria quedaría aproximadamente en $8.338, por lo que una hora dominical o festiva con recargo del 90 % sería cercana a $15.842.

¿A quiénes aplica?

El aumento aplica para los trabajadores que laboren en domingos, festivos o días de descanso obligatorio, de acuerdo con su jornada y contrato laboral. La norma también aclara que las partes pueden acordar por escrito que el día de descanso sea diferente al domingo; si no lo hacen, se presume que el domingo sigue siendo el día de descanso obligatorio.

Con este cambio, el Gobierno busca mejorar la remuneración de quienes trabajan en días tradicionalmente destinados al descanso, mientras el país avanza hacia la aplicación plena del recargo del 100 % en 2027.

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