Asesinos al volante y populismo antipunitivo

Jue, 16/02/2012 - 00:01
Se ha creado en el país un saludable ambiente de rechazo al populismo penal que envuelve algunas reformas constitucionales y proyectos de ley impulsados en el Congreso

Se ha creado en el país un saludable ambiente de rechazo al populismo penal que envuelve algunas reformas constitucionales y proyectos de ley impulsados en el Congreso. Yo mismo escribí una columna en contra de la cadena perpetua contra violadores de menores por considerar que además de inconducente era expresión del oportunismo electoral de su promotora. En esta misma línea se inscribieron otras iniciativas como la conservadora de penalizar en forma absoluta el aborto y la eutanasia mediante la reforma del artículo 11 de la Constitución, que enhorabuena fracasó en el Senado, y la nueva ley “antidiscriminación” que, pese a sus buenas intenciones, debido a la descuidada redacción coarta en forma desproporcionada la libertad de expresión cuando penaliza la discriminación por razones políticas e ideológicas.

Sin embargo, no siempre los incrementos punitivos y la creación de nuevos tipos penales resultan populistas. Algunos obedecen a una necesidad social racional y por lo tanto constituyen una reacción legítima del ordenamiento jurídico para contrarrestar los efectos de la irresponsabilidad ciudadana (no es otra la razón de la existencia de los códigos penales). Es lo que ocurre con los conductores ebrios, frente a quienes es evidente que hay que crear un tabú que infortunadamente hoy no existe en la sociedad colombiana. A pesar de que los accidentes de tránsito son la segunda causa de homicidio violento, manejar borracho sigue siendo en el país una práctica corriente y socialmente tolerada. Bajo estas circunstancias, la sanción penal se convierte en un componente ya no contraproducente sino complementario de la educación y la cultura ciudadana. Represivo y drástico, es verdad, pero necesario en un contexto de extrema laxitud frente a una conducta a todas luces reprobable porque pone en riesgo la vida de personas inocentes.

Alemania, España, Francia, Italia y Reino Unido se cuentan entre los países que incluyen dentro de los instrumentos de lucha contra el alcoholismo vial una pena agravada para el homicidio y las lesiones cuando se cometen con vehículos automotores y bajo la influencia del alcohol, así como la existencia de un tipo penal autónomo de conducción en estado de embriaguez.

Actualmente cursan en la Cámara de Representantes dos proyectos de ley (No. 206/11 Cámara y No. 253/11 Senado) que buscan implementar estas medidas en el sistema penal colombiano. Los proyectos fueron acumulados y su ponencia positiva para segundo debate presentada con la modificación de la sanción para el nuevo delito de “conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias tóxicas psicotrópicas”, que ya no tiene pena privativa de la libertad como estaba previsto en las propuestas iniciales, sino apenas multa de 6 a 10 SMMLV que eventualmente puede convertirse en arrestos de fin de semana. Este cambio introducido por la ponencia es desafortunado porque le quita los dientes a la medida: de ser aprobada tal como está la norma el conductor irresponsable podrá librarse del problema desembolsando una suma de dinero relativamente baja para la peligrosidad que revistió su conducta.

Varios son los proyectos en este sentido que han fracasado anteriormente en el Congreso, algunos debido a purismos de dogmática penal de parlamentarios que se dicen expertos en la materia y otros por ansias de protagonismo partidista. Quiéralo o no, un conductor en estado de embriaguez es un potencial asesino al volante. Según la Liga Contra la Violencia Vial, entre 2005 y abril 30 de 2009 se produjeron en Bogotá 2.331 accidentes de tránsito por embriaguez, que dejaron 61 muertos y 813 heridos, lapso durante el cual 39.298 comparendos fueron impuestos por la misma causa. Si se comparaban estas cifras con las que El Espectador publicó el año pasado (para octubre de 2001 en Bogotá ya habían tenido lugar 544 accidentes de tránsito debido a conductores ebrios, con un saldo de 45 muertos y 561 heridos), se concluía que la accidentalidad por embriaguez estaba disparada en la capital. Aún no conozco las cifras de este año, pero los números disponibles deberían ser suficientes para que el Congreso haga eco de una urgencia no solo distrital sino nacional y se ponga por encima de consideraciones políticas. La lucha contra el alcoholismo al volante no es un asunto de partidos: el propósito de salvar vidas inocentes es un imperativo social que no tiene bandera política.

Desde luego que el problema de la seguridad vial está lejos de solucionarse exclusivamente con el endurecimiento de la reacción del sistema penal frente a la conducción en estado de embriaguez. Se requiere la implementación de una política pública integral que pase por campañas educativas como la de “entrega las llaves”, la formación de buenos conductores que respeten las normas de tránsito (en especial los límites de velocidad), la identificación de zonas de alto riesgo, mejoras sustanciales en infraestructura tanto para los autos como para los peatones, controles técnicos y exigencia de mayores estándares de seguridad a los vehículos, entre otras medidas.

No obstante, es imperativo reconocer la utilidad que puede prestar el derecho penal para controlar el alcoholismo al volante. Lo contrario equivaldría a caer en una dinámica igualmente censurable que el populismo punitivo, cual sería la del “populismo antipunitivo”. Es verdad que, como se enseña en las facultades jurídicas, el derecho penal debe ser la ultima ratio, pero justamente por ello no deja ser una ratio crucial cuando es menester utilizarla.

@florezjose en Twitter

Asesinos al volante
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