Ruta de prevención anticorrupción en administraciones locales (I)

Jue, 05/01/2012 - 23:59
En términos veeduriales, prevención en anticorrupción es el más importante deber, frente al camino extremo, confrontativo, doloroso e incierto de la d

En términos veeduriales, prevención en anticorrupción es el más importante deber, frente al camino extremo, confrontativo, doloroso e incierto de la denuncia y la sanción. A raíz de la reciente  posesión de autoridades territoriales, en ejercicio del control social y de veeduría cívica sobre las mismas -ejercicio que hemos protagonizado por cerca de dos décadas, con reconocidos logros, pasando por la propia ley de veedurías de la cual fuimos corredactores- nos permitimos de manera preventiva presentar, vale decir reiterar, los siguientes consejos básicos anticorrupción a solicitud de veedores, veedurías y autoridades a nivel de lo local:

1. Personerías por méritos vs. Personerías de bolsillo:

Es crucial un proceso meritocrático de elección de personeros municipales. Como se recordará, muchos concejales en el periodo que acaba de concluir tuvieron serias dificultades  por el condicionamiento o exigencia de cuotas burocráticas a los personeros electos, otros tantos personeros literalmente compraron su puesto, y algotros solo fueron designados tardíamente en espera de que ofrecieran  y pagaran el monto exigido.  De otra parte, el mérito en esta área refiere no solo al caudal de reconocimientos académicos sino el histórico ejercicio efectivo, vale decir probado, de cabal defensa de los intereses y derechos colectivos. Se trata de personas que tengan la talla moral como para asegurar la defensa  de los derechos humanos, al tiempo que para servir de ejemplo a la comunidad, y por tanto de modelo al servidor público sujeto de su vigilancia. Nótese finalmente que en Bogotá el estatuto orgánico le impone funciones de veeduría ciudadana, por lo que dicho perfil sugerido -y reiteradamente desatendido- ha servido de causa eficiente de la corrupción rampante en la ciudad capital. Una personería de bolsillo a la larga es mas nociva para la propia administración pues al ser un control cooptado, su ejercicio no termina sino aplazando sanciones de las administraciones nominadoras enterrando la posibilidad de generar un proceso de mayor confianza en sus autoridades, desapego que al final termina pagándose en votos, ejemplos cualquier cantidad.

2. Bogotá: Veeduría Distrital  y Veeduría Ciudadana, dos modelos diferenciados de control:  

El modelo de Bogotá respecto a la figura de la Veeduría Distrital debe ser evitado, pues tal dependencia es parte de la administración distrital y es designada por el alcalde conforme al estatuto orgánico de la ciudad. Es decir, veeduría distrital no es lo mismo que veeduría ciudadana, y una veeduría designada por el vigilado no es más que una oficina  de control interno, pero no un escenario de participación directa de la ciudadanía. Sin embargo, al ser la Veeduría Distrital una entidad del Estado, sin duda el alcalde debería designar un(a) verdadero(a) veedor(a) ciudadano(a), que asesore a la administración distrital en facilitar se desencadene una gestión participativa con énfasis en educación y prevención en materia anticorrupción. Si se quisiera ir más allá, habría que o bien eliminar dicha entidad, o al menos cambiarle de nombre y fusionarse con la secretaria de participación y control social, u Observatorio Distrital.

3. Control social, sin apegos y sin  revanchas:

Constituir veedurías ciudadanas  es una tarea de las comunidades -como tal- desligadas del encono partidista. Las veedurías no son un instrumento de retaliación proselitista frente a contradictores políticos, sino una herramienta  de reivindicación constante de necesidades de probidad en el manejo de la cosa pública.

4. Marco público de garantías veeduriales:

Las instancias corporativas regionales como asambleas y concejos, así como alcaldes y gobernadores, y los mismos ediles -donde los hay- pueden imprimirle una mayor  celeridad en la promoción e implementación de un marco de garantías concretas para el ejercicio de la veeduría y el control social, por lo que disponer partidas precisas con este propósito en los presupuestos respectivos, permite visibilizar los términos de una relación que pasa por la transparencia  de las relaciones vigilante-vigilado, y la rendición pública  de cuentas frente a la comunidad como tal.

5. Cualificación permanente: administración y ciudadanía

Desde un comienzo administraciones, veedores y veedurías precisan ponerse al tanto de las exigencias e instrumentos de que disponen para salvaguardar la gestión pública, incluido el nuevo estatuto anticorrupción. La ausencia de tal conocimiento básico ha sido en no pocos casos la causa de sanciones de todo orden contra servidores públicos, que más que por mala fe, por el simple desconocimiento erraron gravemente. Colombia es un país sobre regulado, y con una grave volatilidad y erosión normativa, que no solo siembran inseguridad jurídica, sino que cuyos intersticios, reales o fingidos, sientan las bases para el saqueo del erario público, y exponen crecientemente a los servidores públicos, que impotentes quedan en manos de los órganos de control y de justicia y sus criterios no pocas veces negativamente sorprendentes si no contradictorios entre sí.

6. Rendición pública  de cuentas anticorrupción:

Progresivamente la cultura de la rendición de cuentas especializada en el área del autocontrol y del control social se hace más necesaria, con el propósito más que de crear grandes shows “decapitando” funcionarios,  con el propósito de afinar las herramientas e indicadores de participación ciudadana, y de evaluación de avances en la implementación efectiva de políticas públicas anticorrupción. Se  trataría de una instancia de seguimiento de estrategias y metodologías definidas participativamente en cada ente territorial. Hoy por hoy, el problema radica en que ciudadanía incluidas veedurías y administraciones parecen más carros chocones, que instancias de la construcción de un país libre de corrupción, escollo que supone la conformación de instancias públicas de interacción y evaluación, lo cual nos permitiría pasar de la denuncia a la cultura publica de la prevención.

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