¡Sin excusas! bancos, a cumplir nueva ley

Sáb, 25/01/2020 - 11:46
Seamos claros. Desde el pasado 27 de diciembre fue promulgada nuestra Ley 2009 de 2019 que otorga a todos los usuarios del país una canasta de mínimo tres servicios bancarios gratuitos al mes, inclu
Seamos claros. Desde el pasado 27 de diciembre fue promulgada nuestra Ley 2009 de 2019 que otorga a todos los usuarios del país una canasta de mínimo tres servicios bancarios gratuitos al mes, incluidos en la cuota de manejo de las cuentas de ahorro, tarjetas débito y tarjetas de crédito. Sin embargo, casi un mes después, varias entidades financieras desconocen la norma o, si la conocen, no les han notificado a sus usuarios sobre los nuevos beneficios a los que tienen derecho. Entendemos que venimos de la temporada de fin de año, pero ya es hora de que los colombianos conozcan sus nuevos derechos financieros y los exijan. Esta semana recibimos varios correos y comentarios de ciudadanos en redes sociales quejándose porque habían llamado o se habían acercado personalmente a su banco para preguntar por la nueva ley y les respondían que no estaban enterados de las nuevas disposiciones. Con mi equipo de trabajo hicimos la tarea de llamar a las entidades bancarias y nos encontramos con la misma respuesta y otra que nos llamó aún más la atención: conocían la nueva norma, pero sólo la ejecutaban si el usuario, por iniciativa propia, se acercaba a su sucursal bancaria a pedir su canasta de servicios. Además, aducían que no habían sido notificadas ni habían recibido alguna comunicación de parte de la Superintendencia Financiera. Lo primero que debemos señalar es que la Ley 2009 de 2019 no tiene pendiente ninguna reglamentación por parte del Gobierno Nacional ni se creó período de transición alguno. Es decir, desde el mismo día que fue promulgada entraron en vigor los derechos a los usuarios del sistema financiero, así como las obligaciones que surgen para las entidades bancarias. Dicho esto, recordamos que el Decreto 663 de 1993 o Estatuto Orgánico del Sistema Financiero señala que le corresponde a la Superintendencia Financiera de Colombia sancionar a quienes no cumplan la ley. En este punto, traigamos a colación aquel aforismo romano que dice: Ignorantia juris non excusat (la ignorancia de la ley no es excusa). Suponiendo que los bancos realmente desconozcan la nueva norma, es su deber actualizarse constantemente y adecuar su sistema respecto a la legislación vigente. No hay ninguna disposición que señale que la Superintendencia Financiera deba notificar a las entidades para que acaten la ley. Sin embargo, son los usuarios los que al final se ven afectados por la falta de información y, por tanto, solicitamos de manera perentoria a la Superintendencia y a Asobancaria que envíe una comunicación a los 25 bancos del país explicando nuestra ley y pidiéndoles que sean ellos quienes informen a sus usuarios sobre los nuevos beneficios. No puede ser que sean los colombianos quienes se tengan que acercar a su entidad para pedir que les cumplan sus derechos. Por nuestra parte, seguiremos haciendo la pedagogía y divulgación correspondiente desde todos los canales a nuestra disposición. Informaremos por redes sociales cuáles son los servicios que se pueden incluir en la canasta y estaremos a las afueras de varias entidades dialogando con los ciudadanos y resolviendo dudas. En las próximas semanas, además, haremos una importante socialización con el Presidente Iván Duque, en compañía de usuarios del sistema financiero, y le pediremos que se vigile el cumplimiento de esta ley. Nota: Estos son los productos o servicios que pueden incluirse dentro de la canasta gratuita. Cuentas de ahorro - Talonario - Consignación nacional - Retiro por ventanilla - Extracto en papel o internet - Certificación - Cheque de gerencia - Transferencias por internet Tarjetas débito - Retiros red propia - Consultas red propia - Certificación bancaria - Consignación nacional - Extracto en papel o internet Tarjetas de crédito - Avance en cajero red propia - Avance en oficina - Consulta de saldo red propia - Reposición por deterioro
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