Empresas deberán pagar servicios públicos a empleados con teletrabajo

Vie, 18/09/2020 - 13:07
Las empresas que tengan que empleados a distancia deberán pagar los servicios que utilicen, según la reglamentación aprobada por el Gobierno panameño.

En Panamá se firmó el Decreto Ejecutivo que reglamenta la Ley 126 del 28 de febrero de 2020 y crea el Teletrabajo, cuyo texto íntegro fue el resultado de una Comisión Tripartita conformada como parte de los acuerdos de la Mesa de Diálogo, en la que las partes aclararon algunos conceptos de la Ley.

Allí se acordó que las empresas que decidan aceptar empleados trabajando a distancia, deberán pagar los servicios públicos que utilicen, según explicó la ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Doris Zapata.

"De acuerdo en lo establecido en la ley, los gastos relativos a los servicios públicos como electricidad e internet serán sufragado por el empleador (…) La modalidad de teletrabajo es una modalidad que es voluntaria entonces se tiene que registrar en el contrato (del empleado) o en el ministerio para nosotros tener registro y poder llevar el control", dijo la ministra al informativo del canal Televisora Nacional.

La ley de teletrabajo fue aprobada en febrero y el miércoles el presidente Laurentino Cortizo sancionó la reglamentación de la actividad.

La ley fue acordada en una mesa de diálogo conformada por las autoridades, trabajadores, empleadores y representantes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Tras la declaración de la pandemia de Covid-19 en marzo, empresas y gobiernos de todo el mundo enviaron a sus empleados a trabajar desde casa para poner un freno a la propagación de la enfermedad respiratoria.

Modificación a la Ley de Vale Alimenticio

La mesa de diálogo acordó modificaciones al programa de alimentos de los trabajadores, que es un plan de incentivo de productividad para los trabajadores. Las modificaciones consisten en:

  • Aumentar el monto máximo del vale por trabajador, de B/.350.00 a B/.500.00,
  • Beneficiar a cualquier trabajador, indistintamente de las condiciones de su contratación,
  • Ampliar el alcance de su uso en: supermercados, farmacias, compra de útiles escolares, servicios de salud, laboratorios y pago de servicios educativos en todos los niveles, desde Centros Integrales de Atención de la Primera Infancia (CAIPI), hasta universidades.

El documento además destaca que los trabajadores con salarios mensuales de hasta B/.916.00, serán los beneficiados con los vales de alimentación que cada empleador entregará de manera voluntaria a sus colaboradores, sin que estos representen el pago de sus salarios, sino incentivo laboral.

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