Consejo de Estado suspende decreto de consulta popular de Petro

Mié, 18/06/2025 - 15:34
La decisión se tomó tras admitir una demanda que cuestiona la legalidad del Decreto 0639 de 2025, por no contar con el concepto previo del Senado exigido por la Constitución.
Créditos:
EFE

En una decisión clave para el futuro político inmediato del país, el Consejo de Estado suspendió los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025, expedido por el presidente Gustavo Petro, con el cual se convocaba a una consulta popular nacional.

La medida se tomó tras admitir una demanda que busca anular el decreto por violar requisitos constitucionales fundamentales.

La Sección Quinta del Consejo de Estado consideró que el decreto en cuestión tiene naturaleza electoral, pues da inicio a un mecanismo de participación ciudadana. Por esta razón, y con base en el artículo 149.1 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), asumió la competencia para estudiar la legalidad del acto.

¿Por qué se suspendió el decreto?

La decisión de suspensión se dio como medida cautelar urgente, al evidenciarse que el decreto fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República, un requisito establecido claramente en el artículo 104 de la Constitución Política de Colombia. Según este artículo, toda convocatoria a consulta popular de carácter nacional por iniciativa presidencial debe contar con la aprobación previa del Senado.

El Consejo de Estado señaló textualmente que “se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe”, por lo que procedió a suspender los efectos del decreto mientras se resuelve de fondo la demanda de nulidad.

El conflicto de competencias entre altas cortes

La suspensión del decreto por parte del Consejo de Estado ocurre en medio de una disputa jurídica aún no resuelta sobre quién debe pronunciarse definitivamente sobre su legalidad: la Corte Constitucional o el mismo Consejo de Estado.

El gobierno envió el decreto a la Corte Constitucional argumentando que se trata de un acto sujeto a control posterior, según un precedente jurisprudencial de 1994. Según esta interpretación, la Corte solo podría pronunciarse una vez se haya realizado la consulta.

Sin embargo, sectores jurídicos y el Consejo de Estado sostienen que, al tratarse de un acto administrativo, debe estar sometido al control previo de legalidad por parte de esa corporación. Esta indefinición ha congelado cualquier estudio de fondo sobre el decreto, mientras ambas cortes definen si son competentes o no para evaluarlo.

¿Qué pasa con el registrador?

Otro actor clave en este proceso es el registrador nacional, Hernán Penagos, quien debe decidir si acata el decreto presidencial y comienza los preparativos para la consulta. Sin embargo, tras la suspensión decretada por el Consejo de Estado, el registrador podría optar por frenar el proceso, aplicando la figura de la excepción de inconstitucionalidad, que le permite ignorar una norma si considera que contraviene la Constitución.

De no hacerlo, Penagos tendría que emitir un calendario electoral, solicitar recursos al Ministerio de Hacienda —calculados en cerca de 700 mil millones de pesos— y coordinar toda la logística de una consulta nacional.

¿Y si se cae el decreto?

El presidente Petro ha anticipado posibles caminos si su decreto es tumbado definitivamente. Uno de ellos es promover una Asamblea Nacional Constituyente, para lo cual ha mencionado la recolección de firmas ciudadanas como primer paso.

No obstante, expertos en derecho constitucional, como Fabio Pulido, han aclarado que esta vía requiere de una ley aprobada por el Congreso con mayoría especial, además de la validación por referendo popular, según lo establece el artículo 376 de la Constitución. Es un proceso largo que tomaría entre 14 y 25 meses, y que solo podría iniciarse con el apoyo de al menos el 5% del censo electoral.

Un panorama incierto

La decisión del Consejo de Estado deja en suspenso uno de los movimientos políticos más polémicos del gobierno Petro hasta la fecha. Mientras se resuelve si la consulta popular es constitucionalmente viable, las altas cortes deberán pronunciarse rápidamente sobre su competencia para evitar un vacío jurídico.

El país, por ahora, queda a la espera. El futuro de la consulta —y de los mecanismos que pretende usar el gobierno para reformar el sistema— dependerá de cómo se resuelva este pulso entre el Ejecutivo, el Legislativo y la Justicia.

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