Corte Constitucional estudiará demandas contra la modificación a la Ley de Garantías

Vie, 11/02/2022 - 06:47
Más de 40 demandas habrían en contra de esta norma, que entre otras cosas permite la celebración de contratos por parte del Estado en tiempos electorales.

La Corte Constitucional estaría tomando cartas en el asunto de la polémica modificación a la Ley de Garantías a través de la Ley de Presupuesto Nacional 2022, sancionada por el presidente Duque a finales de 2021. Al parecer esta corporación, con mayoría de votos internos, decidió estudiar toda una serie de denuncias de inconstitucionalidad presentadas en contra de dicha norma, según informa RCN Radio. 

El medio asegura que la Corte decidió sumarse a la propuesta del magistrado Jorge Enrique Ibañez, quien pidió que se considerara este tema como “asunto de especial trascendencia social”. Esto, porque considera que tomar acción puede “prevenir la eventual afectación del patrimonio nacional”. 

De acuerdo con la información reseñada, en total reposan al menos 42 demandas en contra de la Ley de Presupuesto, casi todas encaminadas a tumbar el artículo 124, que es precisamente el que le abre las puertas a la celebración de contratos por parte de las entidades en tiempos electorales. Algo que estaba expresamente prohibido en la Ley de garantías y ahora está avalado con el argumento de la “reactivación económica”.

Esta norma prevé expresamente que en un término de cuatro meses anteriores a las elecciones regionales, alcaldes, gobernadores, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, distrital o departamental, no podrán:

  • Celebrar convenios o contratos para la ejecución de recursos públicos, participar, promover o destinar recursos públicos de las entidades a su cargo o en las que hagan parte como miembros de junta directiva.
  • Inaugurar obras públicas o dar inicio a programas de carácter social en reuniones o eventos en los que estén presentes candidatos a las gobernaciones, alcaldías, asambleas o concejos municipales o distritales.
  • Autorizar el uso de bienes muebles o inmuebles de carácter público para el desarrollo de actividades proselitistas, ni permitir alojamiento o transporte de electores.
  • Modificar dentro de este término la nómina de la entidad a la cual pertenecen.

Actualmente, con la modificación de la Ley de Presupuesto, todo esto quedaría en el pasado, por lo que alcaldías, gobernaciones y demás tendrían cartas abiertas para suscribir todo tipo de contratos. No obstante, según se sabe, estos no tendrían luz verde hasta que la Corte Constitucional tome una decisión sobre las demandas presentadas, por lo que un fallo es de suma importancia para todas las partes involucradas. 

En todo caso, son distintas demandas las presentadas en contra de la Ley de presupuesto, algunas en referencia a la inconstitucionalidad de su contenido y otras encaminadas a la forma, pues como bien señala RCN, aducen que “el Congreso incurrió en un error al intentar modificar o derogar una ley estatutaria como la ley de garantías”. 

En su momento, desde el Congreso se conoció la iniciativa de varias acciones en contra de la modificación de la Ley de Garantías. El representante José Daniel López, por ejemplo, expresó: "El Presidente acaba de firmar el mico contra la #LeyDeGarantías. Nosotros ya tenemos lista la demanda contra esta Ley. Nos vemos en la Corte Constitucional". 

La representante Katherine Miranda también anunció su demanda “al artículo 125 de la Ley de Presupuesto frente a la Corte Constitucional, esperando que tenga prelación frente a otros casos dada su importancia". 

De igual forma, el senador Roy Barreras dijo que "Inmediatamente sancionada la ley la Corte Constitucional debe iniciar conocimiento de la demanda de inconstitucionalidad que he radicado. La ley se caerá. Advierto a alcaldes y gobernadores que NO pueden contratar sin Ley de garantías hasta que la Corte decida mi demanda". 

Entretanto, el país queda a la espera de una decisión de la Corte, que podría llegar a poner de nuevo en cintura la contratación en tiempos electorales, que para los demandantes resulta un factor de peligrosa incidencia en la decisiones que puedan tomar los colombianos en las urnas. 

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