El laberinto de la salud

Mar, 30/11/2010 - 00:46
En la prestación de servicios de salud intervienen, directa o indirectamente, alrededor de cuarenta actores, algunos de los cuales fueron creados por el sistema que se quiere reformar. Pero es difíc
En la prestación de servicios de salud intervienen, directa o indirectamente, alrededor de cuarenta actores, algunos de los cuales fueron creados por el sistema que se quiere reformar. Pero es difícil, por decir lo menos, hacer referencia en una sola columna, al papel que juegan todos los intervinientes en el sistema; razón por la cual, haré comentarios sobre algunos actores que considero de vital importancia, sin perjuicio de la necesidad de definir qué se entiende por cada uno de los participantes y su campo de acción específico dentro del sistema. El Plan Obligatorio de Salud debe actualizarse cuanto antes y sostenerlo actualizado,  con una periodicidad acorde al ritmo con que avanza y se moderniza la tecnología médica, la cual no se refiere exclusivamente a los equipos de imágenes diagnósticas y quirúrgicos, sino también a los demás dispositivos utilizados en los procesos curativos. Es importante que se defina un procedimiento para mantener actualizado el POS, con una visión orientada a beneficiar al paciente, que prime sobre la conceptualización fiscalista que ha imperado desde la promulgación de la Ley 100 de 1.993. Además, es al MINSALUD a quien compete tanto el diseño, promoción y regulación del régimen de salud, como la reglamentación de los intervinientes en el citado sistema. Asimismo, es imperativo igualar, no a rajatabla, los planes de beneficio de los regímenes contributivo y subsidiado, motivo suficiente para dar incentivos a quienes contribuyen con el régimen, a efecto de sostener la salud financiera de un sistema basado en el aseguramiento contributivo; me refiero a incentivos tales como el pago de licencias e incapacidades por parte del sistema. Pero más importante aún es el diseño de estrategias que coadyuven a mantener en el régimen contributivo a la población obligada a ello, a fin de que pueda darse la “igualación de las coberturas de los planes de beneficio” como lo dijo la Corte Constitucional. Ante la ausencia de actualización del POS en los últimos años, además de la profusión de tutelas que se generan, hizo carrera el fenómeno conocido como el “NO POS”, que es la prescripción de prestaciones que están por fuera del Plan de Beneficios. Este fenómeno le cuesta al país cerca de cinco billones de pesos al año (25% del flujo anual de recursos) y beneficia a menos de un millón de personas (el 2% de la población). Por este fenómeno, el 80% del valor reclamado al FOSYGA corresponde a medicamentos. Pero preocupa que para detener el “NO POS” se acuda a argucias normativas como la Resolución 4377 de 2010, que estableció mas condiciones para el recobro ante el FOSYGA. En relación con el punto anterior, es necesario que los medicamentos de marca estén dentro del régimen de libertad vigilada en la Comisión de Precios de Medicamentos, como también es indispensable que se tomen medidas para las Importaciones paralelas, junto a otras tácticas que le den a MINSALUD mayor capacidad de negociación frente a los laboratorios farmacéuticos. Además, es prioritario expedir la reglamentación de las tarifas que tanto han pedido las IPS, sobre la cual ni las EPS ni MINHACIENDA han mostrado mayor interés en crear las condiciones para dicha reglamentación. Por último, es importante que cada uno de los intervinientes en este sistema desempeñe, exclusivamente, el papel que le corresponde, sin permitir que existan integraciones horizontales, como es el caso de algunas EPS que simultáneamente son Empresas de Seguros de Salud y Centros Hospitalarios. De esta manera, a los pacientes afiliados a dichas EPS se les obliga a utilizar sus propias IPS dificultando, de paso, la aplicación del principio mediante el cual los pacientes pueden escoger libremente la EPS o la IPS o el médico de sus preferencias.
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