El presidente Iván Duque Márquez sancionó la Ley 2000 que modificará el Código de Policía y el Código de Infancia y Adolescencia, y le dará el poder a los alcaldes, asambleas o consejos de administración para prohibir el consumo, porte y distribución de sustancias psicoactivas y alcohol en espacios públicos.
Esta iniciativa fue aprobada en septiembre de este año por el Congreso de la República y fue impulsada por el senador Rodrigo Lara Restrepo, el representante Erwin Arias y la bancada de Cambio Radical, para regular el uso y porte de sustancias psicoactivas pues, en lugar de establecer una prohibición general en todo el espacio público, establece zonas específicas para la prohibición del consumo y porte.
De acuerdo al Gobierno, esta legislación refuerza la lucha contra el microtráfico, en la medida en que los jíbaros o distribuidores de estas sustancias se camuflan con la figura de la dosis personal para comercializar ilegalmente estos productos.
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Además, esta nueva Ley establece una modificación al título del Código Nacional de Policía y Convivencia, que se denominará desde ahora Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Tras su sanción, el Gobierno aclaró que "esta Ley no debe ser interpretada como una habilitación para portar o tener sustancias psicoactivas ilícitas o prohibidas, en el espacio público".
La norma contempla los siguientes aspectos:
- Otorga a los alcaldes la competencia para establecer perímetros para la restricción del consumo y porte de sustancias psicoactivas –inclusive la dosis personal - en lugares públicos.
- Prohíbe el porte y consumo, incluido la dosis personal en el perímetro de parques, centros educativos y áreas de interés según sean definidas por los alcaldes de cada municipio.
- Otorga a las asambleas o consejos de administración la función de regular la prohibición del portar o consumir sustancias psicoactivas en el espacio definido dentro de conjuntos residenciales.
