¿Se mantendrá el 'mico' de la reforma a la justicia?

Sáb, 12/06/2021 - 07:00
La discusión del proyecto que reforma la ley estatutaria de la administración de Justicia avanzó, sin embargo, un 'mico' en el articulado causa controversia.

El proyecto reforma de la ley estatutaria de la administración de Justicia no tiene marcha atrás, esta semana en la plenaria del Senado se le dio visto bueno a la ponencia positiva para el cuarto debate de la iniciativa y se inició su votación. Este es el intento número 19 de reforma de la Justicia en Colombia desde el año 2002.

El proyecto pretende adecuar la rama a la nueva arquitectura constitucional, establecida en la reforma que fue aprobada por el Congreso en 2015 que eliminó la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. Con esto, se le otorgaría más presupuesto al sistema judicial para su funcionamiento, simplificaría los procesos y descongestionaría los despachos judiciales.

El ministro de Justicia, Wilson Ruiz, afirmó que uno de los temas cruciales de esta reforma, es el componente tecnológico y digital que sería adecuado a la administración de justicia. "Buscamos facilitar herramientas flexibles al Consejo Superior de la Judicatura para tomar medidas de descongestión y agilidad en los procesos bajo criterios de demandas de justicia, estudios de conflictividad y con rendición de cuentas claras", detalló. 

 

La Corte Suprema de Justicia señaló a través de su presidente, magistrado Luis Antonio Hernández, que este proyecto es un paso adelante. No obstante, el presidente del máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria advirtió la inconveniencia de disposiciones como la homologación de experiencia en otras profesiones y disciplinas distintas para ocupar cargos propios del Derecho.

El denominado 'mico' de la reforma se sitúa en el artículo 67 y tiene que ver con los requisitos de los ciudadanos para ser juez o magistrado de la República. Establece que para ser magistrado de alta corte, fiscal, procurador, defensor o registrador, un abogado u abogada pueda acreditar la experiencia adquirida en el ejercicio de otras profesiones como ciencia política, gobierno, finanzas, economía o administración pública. Es decir, plantea que la experiencia en carreras afines al derecho sí es válida.

El artículo fue ampliamente cuestionado por congresistas de la oposición, ya que podría permitir la entrada a las cortes a funcionarios que no tuvieran suficiente experiencia en la rama judicial

Actualmente la experiencia que se requiere es de 15 años en cargos en la rama judicial, el Ministerio Público o haber ejercido como abogado o profesor universitario en disciplinas jurídicas por ese mismo periodo de tiempo. De ser aprobado el proyecto, no se modificarían los años requeridos de experiencia, pero sí en qué área se obtuvo dicha experiencia. 

 

La iniciativa además asigna nuevas funciones a la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, compuesta por los presidentes de las altas cortes, el fiscal y un representante de los trabajadores de la rama. En concreto, la elección del director ejecutivo de la Rama Judicial, que es el encargado de administrar el presupuesto de esta y dar concepto sobre el plan de inversión del fondo de modernización, entre otros.

Así mismo, busca que los funcionarios que ya son jueces, por ejemplo, puedan concursar para ocupar plazas superiores dentro de esta con personas de su propio rango, de manera exclusiva y con beneficios como la exoneración del curso de formación judicial o el cómputo doble de experiencia.

De igual forma, el proyecto contempla que cada año se realice una revisión de los cargos de descongestión de la rama, que son de carácter provisional para atender la alta demanda de procesos.

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