Modificación al Código Penitenciario limita labor periodística

Vie, 14/06/2013 - 13:14
Los medios de comunicación sólo podrán entrevistar a quienes hayan sido condenados.  La modificación al Código Penitenciario y Carcelario que se está tramitando en la Cámara de Representantes
Los medios de comunicación sólo podrán entrevistar a quienes hayan sido condenados.  La modificación al Código Penitenciario y Carcelario que se está tramitando en la Cámara de Representantes limita las entrevistas que se le hacen a quienes estén privados de la libertad. El Código Penitenciario actual establece que “Los medios de comunicación tendrán acceso a los centros de reclusión siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos por el reglamento general del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario. Tratándose de entrevista relacionada con un interno deberá mediar consentimiento de éste, previa autorización de la autoridad judicial competente. En caso de un condenado esta autorización debe ser concedida por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario”. La modificación propuesta ha alertado a los periodistas, señala que: “Los medios de comunicación tendrán acceso a los centros de reclusión siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos por el reglamento general del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario y se trate de una entrevista a una persona condenada. La autorización debe ser concedida por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario”. Gran cantidad de investigaciones periodísticas sobre temas de importancia para la ciudadanía, como proceso 8000, parapolítica, carrusel de la contratación, entre otros. Se han originado en entrevistas con sindicados aún no condenados. Lea también La celda de Andrés Felipe Arias
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