
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció una nueva regulación que establece estándares técnicos obligatorios para los medidores de energía eléctrica que se comercialicen en Colombia a partir del 5 de enero de 2026. La medida aplicará exclusivamente a equipos nuevos, tanto importados como fabricados en el país, por lo que no será necesario reemplazar los medidores ya instalados en los hogares. Para facilitar la implementación, se estableció un periodo de transición de 12 meses, durante el cual la SIC brindará acompañamiento técnico y capacitaciones al sector.
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El objetivo principal de esta regulación es garantizar que los nuevos medidores cumplan con estándares internacionales de precisión, fiabilidad y desempeño. Según la SIC, con esta normativa se busca asegurar que los cobros por consumo de energía estén ajustados al consumo real, lo que contribuirá a reducir las reclamaciones de los usuarios por errores en la medición y a fortalecer la confianza en las empresas proveedoras del servicio.
Entre las principales disposiciones de la resolución se encuentran la adopción de estándares de la Organización Internacional de Metrología Legal (OIML), además, los equipos deberán someterse a una evaluación de conformidad obligatoria antes de ser importados o comercializados, lo que garantizará que cumplan con los requisitos técnicos exigidos.
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También será obligatorio el registro de los medidores en el Sistema de Información de Metrología Legal (SIMEL), una base de datos nacional que permitirá hacer seguimiento y control sobre los dispositivos autorizados para su uso en el país y así mismo se establecerán requisitos mínimos de exactitud, desempeño en la medición, con el fin de asegurar la transparencia en la facturación y proteger los derechos de los consumidores.