El caso de Javier Ordóñez no se irá a la Justicia Penal Militar

Dom, 11/10/2020 - 10:53
La justicia ordinaria seguirá investigando el caso de Javier Ordóñez por decisión de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.

El proceso penal por la muerte de Javier Ordóñez, el estudiante de derecho que falleció el pasado miércoles 9 de septiembre en medio de un supuesto "procedimiento policial" realizado en la localidad de Engativá, seguirá en manos de la justicia ordinaria.

Así lo estableció el Consejo Superior de la Judicatura al resolver el conflicto de jurisdicciones surgido entre la Fiscalía 94 Especializada de Bogotá y el Juzgado143 de la Justicia Penal Militar con ocasión al conocimiento de la investigación que cursa contra Harby Damián Rodríguez Díaz y Juan Camilo Lloreda Cubillos, los dos patrulleros involucrados en el caso de Javier Ordóñez.

Fue Sala Disciplinaria la que consideró que, de conformidad a las pruebas que han sido aportadas en el proceso, el conocimiento de las presentes diligencias debe ser atribuido a la justicia ordinaria, pues "se evidencia con claridad que no existe relación entre el hecho investigado penalmente con la prestación del servicio". 

"En los medios de prueba obrantes en el plenario se observa una actuación inicial por parte de los uniformados consistente en propinarle descargas eléctricas al ciudadano Javier Ordóñez, existiendo un claro uso desproporcionado de la fuerza por parte de los agentes involucrados, pues no obstante estar este ciudadano ya controlado, ellos continuaron propinándole dichas descargas, excediendo totalmente el ámbito de sus funciones constitucionales y legales", indicó.

El organismo mencionó que, de ninguna manera, puede admitirse que una actuación totalmente desproporcionada, excesiva y aleada de las funciones constitucionales y legales de los miembros de la Fuerza Pública se considere como un acto de servicio.

"Este tipo de procedimientos que van en contravía de los derechos de los ciudadanos, que desconocen por completo los protocolos para el uso legítimo de la fuerza por parte del Estado, bajo ninguna circunstancia pueden ser asignadas a la Justicia Castrense", determinó.

En el caso de Javier Ordóñez, los patrulleros Rodríguez Díaz y Lloreda Cubillos enfrentan cargos por homicidio agravado y tortura y el pasado 21 de septiembre fueron enviados a la cárcel mientras se avanza con la investigación. 

En la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento, la Jueza 29 de Control de Garantías de Bogotá hizo un recuento de los hechos en la madrugada de ese miércoles 9 de septiembre. Detalló el momento en el que Javier Ordóñez recibió varias descargas eléctricas con un taser, fue trasladado hacia el CAI de Villa Luz, recibió varios golpes y luego falleció en la Clínica Santa María del Lago. 

Mencionó que en la inspección técnica al cadáver y en el informe de Medicina Legal se reveló que el hombre de 44 años sufrió de varias lesiones en la piel, abrasiones, laceraciones, hematomas y otros signos de violencia en partes como la cara, el hombro, el tórax y las costillas. 

En su intervención, la jueza de control de garantías realizó duros cuestionamientos respecto el actuar de los dos policías en medio del operativo que se realizó esa madrugada del 9 de septiembre. Según dijo, hubo un "desborde del poder" de los servidores de la Policía y que, conforme a las pruebas presentadas hasta el momento, se puede decir que violaron el debido proceso.

"¿Era necesaria tanta violencia? Estos agentes del Estado utilizaron todo su poder pero no para proteger a la comunidad. Ese no es el debido proceso. En Colombia está prohibidas las penas de muerte, la tortura y los tratos crueles e inhumanos, pues Javier Ordóñez estaba tirado en el piso, esposado de manos y pies, en posición fetal", mencionó.

La funcionaria judicial manifestó que los patrulleros "irrespetaron a la institución y la hicieron quedar mal" y que con sus acciones hicieron que Bogotá "se incendiara" el pasado 9 y 10 de septiembre. 

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