Lista de documentos que le puede exigir un agente de tránsito en Colombia

Mié, 30/07/2025 - 18:00
Los agentes de tránsito pueden exigir estos documentos, según lo estipulado en el Código Nacional de Tránsito Terrestre.
Créditos:
Secretaría Distrital de Movilidad.

En Colombia miles de personas usan su carro o moto para transportarse por las vías del país. Sin embargo, son pocos los que tienen claro qué documentos le puede exigir un agente de tránsito para evitar recibir infracciones o incluso, la inmovilización del vehículo.

De esta manera, conocer estos requisitos ayuda a proteger los derechos del ciudadano frente a eventuales abusos de autoridad.

Es importante mencionar que la exigencia de estos documentos están reglamentadas en el Código Nacional de Tránsito Terrestre y modificada por leyes posteriores como la Ley 1383 de 2010. Además, otras disposiciones complementarias del Ministerio de Transporte y de la Policía Nacional refuerzan estos requerimientos.

¿Qué documentos le puede exigir un agente de tránsito en Colombia?

Según la normativa, los agentes de tránsito están autorizados a solicitar los siguientes documentos al conductor de un vehículo:

  • Licencia de conducción vigente: es el documento que certifica que una persona está habilitada para conducir un tipo específico de vehículo. Debe presentarla en físico o en formato digital (si se cuenta con la app Carpeta Ciudadana o Runt Digital), y debe estar vigente.

Ojo, conducir con una licencia vencida o inadecuada para el tipo de vehículo genera una multa de 8 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV) y la inmovilización del vehículo.

  • Documento de identidad: tanto para conductores nacionales como extranjeros, el documento de identificación es necesario para verificar la identidad de la persona al volante.
  • Licencia de tránsito o tarjeta de propiedad: este documento demuestra que el vehículo está legalmente registrado y que puede circular. Debe coincidir con las placas del vehículo y puede estar en formato físico o digital.
  • Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) vigente: este seguro es obligatorio para todos los vehículos que circulen en el país. Desde 2022, las autoridades pueden verificar electrónicamente la vigencia del SOAT mediante el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt), pero si el sistema no está disponible, puede exigirse la póliza impresa o digital.
  • Certificado de revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes (si aplica): este documento es obligatorio para todos los vehículos con más de seis años de antigüedad a partir de la fecha de matrícula.

¿Qué pasa si no presenta alguno de estos documentos?

Si el conductor no presenta alguno de los documentos exigidos, el agente de tránsito puede imponer un comparendo según lo estipulado en el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito. Además, dependiendo del caso, el vehículo podría ser inmovilizado y trasladado a patios.

En caso de que el conductor pueda presentar el documento en un plazo de cinco días hábiles y demuestre que estaba vigente al momento de la infracción, podrá solicitar la anulación del comparendo, según la Ley 769 de 2002, artículo 135.

Creado Por
Sandra Vargas
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