Congresistas ya no podrán votar a favor de sus patrocinadores

Vie, 10/09/2021 - 08:49
La Corte Constitucional tumbó una norma que le permitía a los congresistas votar proyectos relacionados con sectores económicos que financiaron sus campañas.

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó un apartado de una ley aprobada en el año 2019, la cual permitía que los congresistas votaran proyectos que estuvieran relacionadas con los sectores económicos que han financiados sus campañas sin la obligación de explicar un posible conflicto de interés.

El Alto Tribunal revisó el artículo primero de la Ley 2003 de 2019. Esta norma reformó el reglamento del Congreso de la República en lo concerniente a lo que se conoce como conflicto de interés. El artículo en mención establecía que "Cuando el congresista participe, discuta o vote proyectos de ley o acto legislativo sobre sectores económicos de financiadores de su campaña, siempre y cuando no genere beneficio particular, directo y actual para el congresista, solo debe informarlo". 

Los magistrados consideraron que dicha norma desconoce los fines y propósitos superiores que debe perseguir la actividad legislativa, particularmente la satisfacción del interés general y el bien común.

 

"Aunque la norma no utiliza abiertamente el verbo beneficiar en su lugar emplea el verbo tratar-, las explicaciones ofrecidas por los ponentes y promotores de la iniciativa a lo largo del trámite legislativo a cerca del alcance del literal dan cuenta de que, en realidad, ese es el objetivo que persigue la norma", detallaron. 

La Corte también explicó que esa norma "no permite alcanzar el supuesto fin de transparencia en la financiación de las campañas políticas de un determinado congresista, por cuanto su resultado no es el apartamiento del congresista respecto del asunto sobre el cual recae el conflicto de intereses. Antes bien, constituye una autorización para participar en la aprobación de proyectos normativos, incluso cuando dicho conflicto se presenta". 

El alto tribunal señaló, además, que dicha ley "no responde a la complejidad de las relaciones que se tejen entre los candidatos y los grandes donantes a las campañas electorales, las cuales se caracterizan por la previsible exigencia de reciprocidad entre unos y otros. En consecuencia, la excepción resulta engañosa", agregó la Sala de manera unánime.

 

Del mismo modo, precisó importante señalar que, de conformidad con redacción, la norma acusada únicamente regulaba los conflictos de intereses relacionados con la financiación privada de campañas de los congresistas individualmente considerados, y no los conflictos de intereses vinculados a la financiación particular de partidos políticos o bancadas

El senador Alexánder López, del Polo Democrático, afirmó que desde un principio se mostró en contra de la iniciativa por su inconstitucionalidad. "Lo advertí en los debates en la Comisión Primera y en la plenaria del Senado, este proyecto que modificaba la ley 5 de 1992 promovido por el CD era un descaro, pretendía legalizar el conflicto de interés en favor de sus financiadores de campaña". 

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