Aunque los panameños han estado, en su mayoría, confinados tras la llegada del coronavirus COVID-19 al país, el Ministerio Público del país informó en las últimas horas que en medio de la cuarentena se han dado apertura a 5 mil 500 nuevas investigaciones por diferentes delitos.
“En este contexto, el Ministerio Público ha continuado abriendo casos penales, ordenando y realizando los actos investigativos indispensables para procesarlos, así como llevando a las personas relacionadas con diversos hechos delictivos ante los tribunales competentes, pues las puertas de la institución se han mantenido abiertas a nivel nacional, en las sedes destinadas a brindar los servicios de atención primaria 24 horas del día, los 7 días de la semana”, expresó en conferencia de prensa el Procurador General de la Nación, Eduardo Ulloa.
Las cifras preliminares recabadas por el Departamento de Estadísticas del Ministerio Público demuestran que los delitos que han tenido una mayor incidencia en el mes de mazo son:
- Delitos patrimoniales, correspondientes a robos, hurtos, estafas, daños y otros: 2022 casos.
- Delitos contra el Orden Jurídico Familiar y el Estado Civil, correspondientes a violencia doméstica, maltrato al menor, entre otros: 1286 casos.
- Delitos contra la Vida y la Integridad Personal: allí se registran no solo los homicidios dolosos, culposos y femicidios (en un menor porcentaje), sino también las lesiones personales y otros: 843 casos.
La Fiscalía también contabilizó aquellos casos de muerte por causas que se presumen naturales ocurridas fuera de instituciones de salud, mientras se confirma por el equipo forense que, efectivamente, no se trata de causas traumáticas las que llevaron al deceso.
Lea aquí: Viceministro García pide investigar falsificación de documentos por supuestas compras.
Además: Más de 7 mil contagiados y 200 muertos por coronavirus en Panamá.
El nuevo escenario planteado, además, ha llevado a procesar casos no solo por la infracción de los delitos tradicionales de mayor incidencia, sino también a imputar, hasta ahora con éxito, por aquellas conductas tipificadas en el artículo 308 del Código Penal, tanto en función de la posibilidad de propagar una enfermedad peligrosa y contagiosa como el COVID-19, como por la infracción de medidas sanitarias adoptadas por las autoridades competentes para impedir la propagación de dicha enfermedad.